CREA CARGO ADSCRITO EN EL SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO
Santiago, 24 de Mayo de 1990.- Hoy se decretó lo que sigue:
D.F.L. Núm 4.- Visto: La renuncia no voluntaria de don Rafael Pincheira Santander al cargo de exclusiva confianza que ejercía en el Servicio Agrícola y Ganadero y su opción por continuar desempeñándose en un cargo adscrito de igual grado en el mismo Servicio; la resolución N° 133, de fecha 8 de Mayo de 1990, de esa Repartición; lo dispuesto en el artículo 7°, de la Ley N° 18.834; el artículo 2° transitorio de la Ley N° 18.575 y la facultad que me confiere el artículo 2°, transitorio de la Ley N° 18.972, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo Primero.- Créase a contar del 5 de Mayo de 1990 en la Planta de Directivos del Servicio Agrícola y Ganadero un cargo directivo, grado 5°, de la escala única de remuneraciones.
Artículo Segundo.- Establécese que a este cargo accederá don Rafael Pincheira Santander, a contar del 5 de Mayo de 1990.
Artículo Tercero.- Este cargo constituye dotación adicional y se extinguirá de pleno derecho al momento que su titular cese en sus funciones por cualquier causa.
Artículo Cuarto.- El gasto que represente la aplicación del presente Decreto con Fuerza de Ley será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente del Servicio Agrícola y Ganadero.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Juan Agustín Figueroa Yávar, Ministro de Agricultura.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Iván Nazif Astorga, Subsecretario de Agricultura Subrogante.