FIJA NUEVAS PLANTAS DEL PERSONAL DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE EDUCACION, ESTABLECE TRAMOS Y NIVELES PARA LOS DISTINTOS ESCALAFONES DE ESPECIALIDAD Y DETERMINA LOS REQUISITOS GENERALES Y ESPECIFICOS PARA EL DESEMPEÑO DE LOS RESPECTIVOS CARGOS
D.F.L. N° 4.- Santiago, 30 de Junio de 1992.
VISTO:
Lo dispuesto en las Leyes N°s 19.037 y 19.056, en los artículos 8° y 9° de la Ley N° 19.119, y en los Decretos con Fuerza de Ley N°s. 1, 2 y 3, todos del Ministerio de Educación, de 1992.
DECRETO CON FUERZA DE LEY
Artículo 1°: Fíjanse, las siguientes plantas del personal del Ministerio de Educación:
Planta Nacional Grado Número de
Del Ministerio ----- Cargos
de Educación ---------
--------------
Ministro B 1
Subsecretario C 1
-----
2
Directivos Grado Número de
---------- ----- Cargos
---------
Jefe División
Educación General 2° 1
Jefe División
Planificación y Presupuesto 2° 1
Jefe División
Educación Superior 2° 1
Jefe División
Extensión Cultural 2° 1
Jefe Departamento
Jurídico 3° 1
Jefe Departamento
Administración General 3° 1
Jefe Departamento Centro
de Perfeccionamiento
Experimentación e
Investigaciones
Pedagógicas 3° 1
Jefe Gabinete Ministro 3° 1
Secretarios Regionales
Ministeriales de Educación 4° 13
Jefe Gabinete Subsecretario 4° 1
Jefe Departamento de
Actividades de
Extensión Cultural 4° 1
Jefes de Departamento 4° 10
Jefes de Departamento 5° 7
Jefes de Departamento 6° 18
Jefes de Departamento 7° 1
Jefes de Departamento
Provinciales de Educación 7° 40
Jefes de Departamentos 8° 61
Directivos 9° 69
Directivos 10° 3
Directivos 11° 4
Profesionales Grado Número de
------------- ----- Cargo
---------
Directivo 12° 2
Directivo 13° 8
Directivo 14° 7
Directivo 15° 6
Directivo 16° 3
Directivo 17° 1
------
263.-
Profesionales Grado Número de
------------- ----- Cargos
---------
Profesional 4° 17
Profesional 5° 24
Profesional 6° 49
Profesional 7° 54
Profesional 8° 188
Profesional 9° 240
Profesional 10° 299
Profesional 11° 366
Profesional 12° 64
Profesional 13° 60
Profesional 14° 61
Profesional 15° 52
Profesional 16° 61
Profesional 17° 5
Profesional 18° 5
-------
1.545.-
Técnicos: Grado Número de
-------- ----- Cargos
---------
Técnico 10° 18
Técnico 11° 18
Técnico 12° 18
Técnico 13° 34
Técnico 14° 58
Técnico 15° 60
Técnico 16° 61
Técnico 17° 33
Técnico 18° 35
Técnico 19° 35
Técnico 20° 46
Técnico 21° 4
Técnico 22° 2
------
422.-
Administrativos: Grado Número de
--------------- ----- Cargos
---------
Administrativo 11° 1
Administrativo 12° 14
Administrativo 13° 9
Administrativo 14° 57
Administrativo 15° 42
Administrativo 16° 42
Administrativo 17° 42
Administrativo 18° 46
Administrativo 19° 48
Administrativo 20° 47
Administrativo 21° 43
Administrativo 22° 42
Administrativo 23° 44
Administrativo 24° 43
Administrativo 25° 49
------
569.-
Auxiliares: Grado Número de
----------- ----- Cargos
---------
Auxiliares 19° 23
Auxiliares 20° 24
Auxiliares 21° 33
Auxiliares 22° 56
Auxiliares 23° 40
Auxiliares 24° 49
Auxiliares 25° 49
Auxiliares 26° 49
Auxiliares 27° 33
Auxiliares 28° 12
------
368.-
Total Cargos Planta Ministerio de Educación: 3.169.-
La planta de personal fijada por este Decreto con Fuerza de Ley, no significa modificación de la dotación máxima de personal autorizado para el Ministerio de Educación durante el año 1992.
NOTA:
El Artículo 2º del DFL 3, Educación, publicado el 08.11.2003, ordenó la supresión de los cargos provistos en la planta del personal del Ministerio de Educación, en la forma que dicha norma indica, los que han pasado a formar parte de la planta del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.
El Artículo 2º del DFL 3, Educación, publicado el 08.11.2003, ordenó la supresión de los cargos provistos en la planta del personal del Ministerio de Educación, en la forma que dicha norma indica, los que han pasado a formar parte de la planta del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.
Artículo 2°: Establécese los siguientes tramos y niveles para los escalafones de especialidad de las plantas fijadas en el artículo anterior:
A. Planta de Profesionales: Estará conformada por los siguientes escalafones de especialidad:
1. Profesionales de Asesoría y Gestión Organizacional Les corresponde ejercer, asistir o apoyar las tareas de gestión organizacional que corresponden al Ministerio de Educación para el cumplimiento de las diversas funciones que le asigna la legislación y normativa vigente, desarrollando labores profesionales en materias de carácter administrativo, financiero, de comunicaciones, jurídico, de ingeniería, diseño e infraestructura, computación e informática, y otras que contribuyan a la mayor eficiencia en la operación del servicio.
Nivel y Nombre Grado Número de
Cargo: Cargo
-------------- ----- ---------
Nivel I Prof. de Asesoría
y Gest. Organizacional 4° 10
Nivel I Prof. de Asesoría
y Gest. Organizacional 5° 10
Nivel I Prof. de Asesoría
y Gest. Organizacional 6° 11
Nivel II Prof. de Asesoría
y Gest. Organizacional 7° 12
Nivel II Prof. de Asesoría
y Gest. Organizacional 8° 10
Nivel II Prof. de Asesoría
y Gest. Organizacional 9° 7
Nivel III Prof. de Asesoría
y Gest. Organizacional 10° 7
Nivel III Prof. de Asesoría
y Gest. Organizacional 11° 8
Nivel III Prof. de Asesoría
y Gest. Organizacional 12° 13
-----
88.-
Tres cargos de grado 4°, tres de grado 5°, cuatro del grado 6°, cinco de grado 7°, cuatro del grado 8° y uno de los grados 9°, 10°, 11° y 12° deberán ser desempeñados por profesionales Abogados.
Un cargo de grado 4°, deberá ser desempeñado por un profesional universitario de una carrera de 10 semestres de duración, a lo menos, en la especialidad de Administración y Finanzas o de Ciencias Sociales con experiencia mínima de 5 años y post título en Finanzas, Recursos Humanos Ciencias del Comportamiento o Desarrollo Organizacional.
Cuatro cargos del grado 4°, cinco de los grados 5°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10°, seis del grado 11° y ocho del grado 12°, deberán ser desempeñados por los siguientes profesionales: Administradores Públicos, Ingenieros Comerciales, Contadores Auditores, Ingenieros Civiles Industriales, Periodistas, Arquitectos o Constructores Civiles.
Un cargo del grado 4° deberá ser desempeñado por un profesional universitario de una carrera de 10 semestres de duración, o más, relativa a la Ingeniería en Computación o Informática, o a las Ciencias Sociales, con cinco años de experiencia en Desarrollo de Sistemas de Información Administrativa o Ciencias del Comportamiento.
Un cargo de grado 4°, dos cargos de los grados 5°, 6° y 7°, un cargo de los grados 8°, 9°, 10° y 11, y cuatro cargos del grado 12° deberán ser desempeñados por profesionales del Area de la Informática.
2. Profesores y otros Especialistas de Coordinación y Apoyo: Les corresponde desarrollar labores de ejecución y asistencia en materias técnico- administrativas, que por su naturaleza requieren tanto del enfoque educativo, cultural o científico como del relativo a la gestión operativa. Incluye, asimismo, tareas de perfeccionamiento docente y de coordinación técnica de programas que promueve el Ministerio a nivel regional, provincial y local.
Nivel y Nombre Grado Número de
Cargo: Cargo
-------------- ----- ---------
Nivel I Prof. y otros Esp.
de Coor. y Apoyo 6° 20
Nivel I Prof. y otros Esp.
de Coor. y Apoyo 7° 28
Nivel I Prof. y otros Esp.
de Coor. y Apoyo 8° 52
Nivel II Prof. y otros Esp.
de Coor. y Apoyo 9° 59
Nivel II Prof. y otros Esp.
de Coor. y Apoyo 10° 34
Nivel II Prof. y otros Esp.
de Coor. y Apoyo 11° 43
Nivel III Prof. y otros Esp.
de Coor. y Apoyo 12° 20
Nivel III Prof. y otros Esp.
de Coor. y Apoyo 13° 24
Nivel III Prof. y otros Esp.
de Coor. y Apoyo 14° 26
Nivel IV Prof. y otros Esp.
de Coor. y Apoyo 15° 17
Nivel IV Prof. y otros Esp.
de Coor. y Apoyo 16° 22
Nivel IV Prof. y otros Esp.
de Coor. y Apoyo 17° 5
Nivel IV Prof. y otros Esp.
de Coor. y Apoyo 18° 5
------
355.-
3 Supervisores Educacionales: Les corresponde difundir y verificar el cumplimiento de las políticas, objetivos, programas y normativas que promueve el Ministerio de Educación; asesorar a los establecimientos educacionales en los niveles de educación pre-básica, básica y media en sus diferentes modalidades en materias técnico pedagógicas; y participar dentro del marco de competencia del Ministerio, en la evaluación y seguimiento del proceso educativo, sus logros y resultados.
Asimismo, corresponde a profesionales de este escalafón participar en el nivel local, en las tareas de supervisión y otras que compete ejercer al Ministerio, conforme a la legislación vigente, con respecto a los Centros de Formación Técnica.
Nivel y Nombre Grado Número de
Cargo: Cargo
-------------- ----- ---------
Nivel I Supervisor
Educacional 8° 70
Nivel I Supervisor
Educacional 9° 145
Nivel I Supervisor
Educacional 10° 219
Nivel II Supervisor
Educacional 11° 300
Nivel II Supervisor
Educacional 12° 16
Nivel II Supervisor
Educacional 13° 8
Nivel III Supervisor
Educacional 14° 7
Nivel III Supervisor
Educacional 15° 10
Nivel III Supervisor
Educacional 16° 4
------
779.-
4. Especialistas Interdisciplinarios: Les corresponde desarrollar tareas relativas al diagnóstico, tratamiento y seguimiento de los educandos con dificultades de aprendizaje y asesorar a los establecimientos educacionales, a los alumnos y a sus familias en las tareas de prevención de dichas dificultades y trastornos
Nivel y Nombre Grado Número de
Cargo: Cargo
-------------- ----- ---------
Nivel I Especialista
Interdisciplinario 8° 42
Nivel I Especialista
Interdisciplinario 9° 15
Nivel I Especialista
Interdisciplinario 10° 15
Nivel II Especialista
Interdisciplinario 11° 15
Nivel II Especialista
Interdisciplinario 12° 15
Nivel II Especialista
Interdisciplinario 13° 28
Nivel III Especialista
Interdisciplinario 14° 28
Nivel III Especialista
Interdisciplinario 15° 25
Nivel III Especialista
Interdisciplinario 16° 35
------
218.-
5. Investigadores y Analistas de Educación y Cultura: Les corresponde realizar estudios e investigaciones, análisis, experimentación y proposición de políticas y normativas destinadas al fomento de la educación en todos sus niveles desde pre-básico a superior, al desarrollo y mejoramiento cualitativo de la educación y al estímulo del desarrollo cultural, en lo que dice relación con las funciones y responsabilidades del Ministerio.
Nivel y Nombre Grado Número de
Cargo: Cargo
-------------- ----- ---------
Nivel I Investigadores
y Analista de Educ. y Cul. 4° 7
Nivel II Investigadores
y Analista de Educ. y Cul. 5° 14
Nivel II Investigadores
y Analista de Educ. y Cul. 6° 18
Nivel II Investigadores
y Analista de Educ. y Cul. 7° 14
Nivel III Investigadores
y Analista de Educ. y Cul. 8° 14
Nivel III Investigadores
y Analista de Educ. y Cul. 9° 14
Nivel III Investigadores
y Analista de Educ. y Cul. 10° 24
------
105.-
Seis cargos del grado 5° y siete cargos del grado 6°, deberán ser provistos por profesionales de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración o por profesionales de la educación, y que en ambos casos, hayan desempeñado funciones directivas en el sector educación.
Resumen cargos Escalafones de Planta de Profesionales:
1. Profesionales de Asesoría y
Gestión Organizacional : 88 cargos.
2. Profesores y otros Especialistas
de Coordinación y Apoyo : 355 cargos.
3. Supervisores Educacionales : 779 cargos.
4. Especialistas Interdisciplinarios: 218 cargos
5. Investigadores y Analistas
de Educación y Cultura : 105 cargos.
Total Cargos Planta de Profesionales: 1.545-
B. Planta de Técnicos: Estará conformada por los siguientes escalafones de especialidad:
1. Escalafón de Técnicos de Apoyo y de Informática: Les corresponde realizar labores de ejecución y tareas específicas y especializadas, en diversas áreas administrativas y de servicios, de complejidad intermedia entre el administrativo y el profesional, incluyendo entre otras las relativas a finanzas, computación e informática, administración de personal y recursos materiales y las tecnologías auxiliares a procesos educativos y culturales que corresponden al Ministerio.\
Nivel y Nombre Grado Número de
Cargo Cargo
-------------- ----- ---------
Nivel I Técnico de Apoyo
y de Informática 10° 8
Nivel I Técnico de Apoyo
y de Informática 11° 8
Nivel I Técnico de Apoyo
y de Informática 12° 8
Nivel II Técnico de Apoyo
y de Informática 13° 9
Nivel II Técnico de Apoyo
y de Informática 14° 10
Nivel II Técnico de Apoyo
y de Informática 15° 12
Nivel III Técnico de Apoyo
y de Informática 16° 13
Nivel III Técnico de Apoyo
y de Informática 17° 11
Nivel III Técnico de Apoyo
y de Informática 18° 12
Nivel IV Técnico de Apoyo
y de Informática 19° 13
Nivel IV Técnico de Apoyo
y de Informática 20° 9
Nivel IV Técnico de Apoyo
y de Informática 21° 4
Nivel IV Técnico de Apoyo
y de Informática 22° 2
119.-
Un cargo de los grados 10° al 12°, dos del grado 13° al 21° y dos del grado 22°, corresponden a Técnicos de Informática.
2. Técnicos de Inspección y Contabilidad: Les corresponde realizar labores de inspección, revisión y control del cumplimiento, por parte de los establecimientos educacionales y otras unidades que participan de la gestión educacional, de las normas vigentes sobre subvenciones estatales a la educación y manejo administrativo y financiero; así como desarrollar tareas de similar nivel en los procesos de registro, revisión o control que el Ministerio realiza en el área contable.
Nivel y Nombre Grado Número de
Cargo: Cargo
-------------- ----- ---------
Nivel I Técnico de Inspección
y Contabilidad 10° 10
Nivel I Técnico de Inspección
y Contabilidad 11° 10
Nivel I Técnico de Inspección
y Contabilidad 12° 10
Nivel II Técnico de Inspección
y Contabilidad 13° 25
Nivel II Técnico de Inspección
y Contabilidad 14° 48
Nivel II Técnico de Inspección
y Contabilidad 15° 48
Nivel III Técnico de Inspección
y Contabilidad 16° 48
Nivel III Técnico de Inspección
y Contabilidad 17° 22
Nivel III Técnico de Inspección
y Contabilidad 18° 23
Nivel IV Técnico de Inspección
y Contabilidad 19° 22
Nivel IV Técnico de Inspección
y Contabilidad 20° 37
------
303.-
Resumen Cargos Escalafones Planta de Técnicos:
1. Técnicos de Apoyo
y de Informática : 119 cargos.
2. Técnicos de Inspección
y Contabilidad : 303 cargos.
Total Cargos Planta de Técnicos: 422.-
C. Planta de Administrativos: Estará conformada por los siguientes escalafones de especialidad:
1. Escalafón de Administrativos: Les corresponde realizar labores de oficina sobre la base de procedimientos definidos y con especialidad de acuerdo a la Unidad en que se desempeñen.
Nivel y Nombre Grado Número de
Cargo Cargo
-------------- ----- ---------
Nivel I Administrativo 14° 20
Nivel I Administrativo 15° 22
Nivel I Administrativo 16° 22
Nivel II Administrativo 17° 22
Nivel II Administrativo 18° 22
Nivel II Administrativo 19° 24
Nivel III Administrativo 20° 23
Nivel III Administrativo 21° 21
Nivel III Administrativo 22° 20
Nivel IV Administrativo 23° 20
Nivel IV Administrativo 24° 20
Nivel IV Administrativo 25° 25
------
261.-
2. Escalafón de Secretarios: Les corresponde realizar labores de apoyo a Jefaturas o a grupos de profesionales, mediante el adecuado manejo y utilización de la información y equipos de secretariado, atención de usuarios y público, procesamiento y transcripción de textos y, en general, todas aquellas acciones que permitan una óptima ejecución de las funciones desarrolladas en su unidad o ámbito de desempeño.
Nivel y Nombre Grado Número de
Cargo Cargo
-------------- ----- ---------
Nivel I Secretario 11° 1
Nivel I Secretario 12° 14
Nivel I Secretario 13° 9
Nivel II Secretario 14° 37
Nivel II Secretario 15° 20
Nivel II Secretario 16° 20
Nivel II Secretario 17° 20
Nivel III Secretario 18° 24
Nivel III Secretario 19° 24
Nivel III Secretario 20° 24
Nivel III Secretario 21° 22
Nivel IV Secretario 22° 22
Nivel IV Secretario 23° 24
Nivel IV Secretario 24° 23
Nivel IV Secretario 25° 24
------
308.-
El cargo de grado 11°, nueve cargos del grado 12° y cuatro cargos del grado 13° se transformarán en cargos de grado 14° al quedar vacantes (Ley N° 19.119 artículo 2° letra A), inciso tercero).
Cinco cargos del grado 12° y cinco cargos del grado 13° deberán ser desempeñados necesariamente por quienes tengan un título o diploma de Secretario Ejecutivo o de otra carrera equivalente.
Resumen Cargos Planta de Administrativos:
1. Escalafón de Administrativos : 261 cargos.
2. Escalafón de Secretarios : 308 cargos.
Total Cargos Planta de Administrativos: 569.-
D. Planta de Auxiliares: Estará conformada por los escalafones siguientes:
1.- Escalafón de Choferes: Les corresponde conducir vehículos de pasajeros o carga, según las necesidades del servicio y conforme a las normativas vigentes, a fin de realizar el transporte de personas, mobiliario, equipos y otros materiales, responsabilizándose del cuidado y asco de los mismos, de reparaciones menores y de su mantención ordinaria.
Nivel y Nombre Grado Número de
Cargo Cargo
-------------- ----- ---------
Nivel I Choferes 19° 8
Nivel I Choferes 20° 9
Nivel II Choferes 21° 9
Nivel II Choferes 22° 31
------
57
2. Escalafón de Auxiliares: Les corresponde realizar tareas de mantención, aseo y ornato de oficinas y edificios; mayordomía y vigilancia; mensajería y distribución de correspondencia; reparaciones menores y otras labores análogas.
Nivel y Nombre Grado Número de
Cargo Cargo
-------------- ----- ---------
Nivel I Auxiliares 19° 15
Nivel I Auxiliares 20° 15
Nivel I Auxiliares 21° 24
Nivel II Auxiliares 22° 25
Nivel II Auxiliares 23° 40
Nivel II Auxiliares 24° 49
Nivel III Auxiliares 25° 49
Nivel III Auxiliares 26° 49
Nivel IV Auxiliares 27° 33
Nivel IV Auxiliares 28° 12
------
311.-
Resumen Cargos Planta de Auxiliares:
1. Escalafón de Choferes : 57 cargos.
2. Escalafón de Auxiliares : 311 cargos.
Total Cargos Planta de Auxiliares: 368.-
RESUMEN CARGOS DE ESCALAFONES DE ESPECIALIDAD POR PLANTA:
Ministro y Subsecretario : 2 cargos.
1. Planta de Directivos : 263 cargos
2. Planta de Profesionales : 1.545 cargos
3. Planta de Técnicos : 422 cargos
4. Planta de Administrativos : 569 cargos.
5. Planta de Auxiliares : 368 cargos.
Total Cargos Planta Ministerio de Educación: 3.169.-
Artículo 3°: Establécense los siguientes requisitos generales y específicos para el desempeño de los cargos incluidos dentro de cada nivel de los respectivos escalafones:
PLANTA DE DIRECTIVOS
______________________________________________________
|NOTA: |
| VER CUADRO D.O. N° 34.348, DIA 22/AGO/92, |
| PAG: NUEVE. |
|____________________________________________________|
ESCALAFON: PROFESIONALES DE ASESORIA Y GESTION
ORGANIZACIONAL
______________________________________________________
|NOTA: |
| VER CUADRO D.O. N° 34.348, DIA 22/AGO/92, |
| PAG: NUEVE. |
|____________________________________________________|
ESCALAFON: PROFESORES Y OTROS ESPECIALISTAS
DE COORDINACION Y APOYO
______________________________________________________
|NOTA: |
| VER CUADRO D.O. N° 34.348, DIA 22/AGO/92, |
| PAG: NUEVE. |
|____________________________________________________|
ESCALAFON: SUPERVISORES EDUCACIONALES
______________________________________________________
|NOTA: |
| VER CUADRO D.O. N° 34.348, DIA 22/AGO/92, |
| PAG: DIEZ. |
|____________________________________________________|
ESCALAFON: ESPECIALISTAS INTERDISCIPLINARIOS
______________________________________________________
|NOTA: |
| VER CUADRO D.O. N° 34.348, DIA 22/AGO/92, |
| PAG: DIEZ. |
|____________________________________________________|
ESCALAFON: INVESTIGADORES Y ANALISTAS DE
EDUCACION Y CULTURA.
______________________________________________________
|NOTA: |
| VER CUADRO D.O. N° 34.348, DIA 22/AGO/92, |
| PAG: DIEZ. |
|____________________________________________________|
ESCALAFON: TECNICOS DE APOYO E INFORMATICA
______________________________________________________
|NOTA: |
| VER CUADRO D.O. N° 34.348, DIA 22/AGO/92, |
| PAG: DIEZ. |
|____________________________________________________|
ESCALAFON: TECNICOS DE INSPECCION Y
CONTABILIDAD
______________________________________________________
|NOTA: |
| VER CUADRO D.O. N° 34.348, DIA 22/AGO/92, |
| PAG: DIEZ. |
|____________________________________________________|
ESCALAFON: ADMINISTRATIVOS
______________________________________________________
|NOTA: |
| VER CUADRO D.O. N° 34.348, DIA 22/AGO/92, |
| PAG: ONCE. |
|____________________________________________________|
ESCALAFON: SECRETARIOS
______________________________________________________
|NOTA: |
| VER CUADRO D.O. N° 34.348, DIA 22/AGO/92, |
| PAG: ONCE. |
|____________________________________________________|
NOTA: En los cargos del Nivel I, grado 11°, 12° y 13°, no tienen requisitos por ser cargos en transformación, con excepción de cinco cargos del grado 12° y cinco cargos del grado 13° que sólo podrán ser provistos con Secretarios Ejecutivos, que tengan título o diploma de esa carrera o de otra equivalente. (artículos 2°, letra a), inciso tercero y cuarto y artículo 2°, letra d), incisos cuarto y quinto de la Ley N° 19.119.)
ESCALAFON: CHOFERES
______________________________________________________
|NOTA: |
| VER CUADRO D.O. N° 34.348, DIA 22/AGO/92, |
| PAG: ONCE. |
|____________________________________________________|
ESCALAFON: AUXILIARES
______________________________________________________
|NOTA: |
| VER CUADRO D.O. N° 34.348, DIA 22/AGO/92, |
| PAG: ONCE. |
|____________________________________________________|
Artículo 4°: Los requisitos de capacitación para los diversos niveles y escalafones de especialidad que se establecen en el artículo tercero, sólo podrán ser exigidos cuando se haya puesto en marcha el respectivo programa de capacitación al cual podrán optar todos los funcionarios del Ministerio de Educación; mientras ello no ocurra, al efectuarse los ascensos que correspondan, se prescindirá del cumplimiento de esos requisitos.
Artículo 5°: Los siguientes cargos constituyen la planta de extinción del Ministerio de Educación, en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 18.972, de 1990:
Planta de Directivos:
Nombre de Grado Número de
Cargo funcionarios
Directivo 3° 1
Directivo 4° 1
Directivo 5° 1
Directivos 6° 2
Directivos 8° 3
Directivos 9° 26
Total cargos en extinción 34 cargos
De acuerdo con lo establecido en la Ley N° 18.972, estos cargos se suprimirán cuando vaquen.
Anótese, tómese razón y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Ricardo Lagos Escobar, Ministro de Educación.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Raúl Allard Neumann, Subsecretario de Educación.