Artículo 20°- El Servicio Nacional del Empleo será el sucesor legal del Departamento del Empleo y de la Mano de Obra.
Todas las instalaciones, bienes, equipos, muebles, vehículos y asignaciones presupuestarias del actual Departamento del Empleo y de la Mano de Obra de la Dirección del Trabajo, pasan a formar parte del patrimonio del Servicio Nacional del Empleo.