Artículo 2° La constitución de la propiedad de lasLEY 19233
Art.primero
3.-a) y b) Comunidades Agrícolas, el saneamiento de sus títulos de dominio y su organización podrán efectuarse de acuerdo a las disposiciones del presente Título, a petición de dos o más comuneros interesados.
Art.primero
3.-a) y b) Comunidades Agrícolas, el saneamiento de sus títulos de dominio y su organización podrán efectuarse de acuerdo a las disposiciones del presente Título, a petición de dos o más comuneros interesados.