Artículo 13° Las objeciones que se formulen en elRECTIFICADO
D.O.
20-ENE-1968
LEY 19233
Art.primero
39.- a) comparendo a la nómina de comuneros y a sus cuotas señaladas en el informe de la División serán resueltas por el Tribunal, aplicando lo dispuesto en los incisos segundo y siguiente del artículo 5°.
D.O.
20-ENE-1968
LEY 19233
Art.primero
39.- a) comparendo a la nómina de comuneros y a sus cuotas señaladas en el informe de la División serán resueltas por el Tribunal, aplicando lo dispuesto en los incisos segundo y siguiente del artículo 5°.