Artículo 23° Las entradas comunes se destinarán a cubrir los gastos que demande la administración de la Comunidad Agrícola, Si hubiere excedentes, deberánLEY 19233
Art.primero
39.- b)
LEY 18353
ART. 1° f)
LEY 19233
Art.primero
39.- b) destinarse a mejorar los terrenos y demás bienes de uso común.
Art.primero
39.- b)
LEY 18353
ART. 1° f)
LEY 19233
Art.primero
39.- b) destinarse a mejorar los terrenos y demás bienes de uso común.
Los valores que perciba la Comunidad Agrícola por las enajenaciones parciales de terrenos comunes deberán destinarse a mejorar los terrenos y demás bienes de uso común.