SUPRIME CARGOS QUE INDICA
D.F.L. N° 5/3.551.- Santiago, 10 Diciembre 1861.
Vistos: la facultad concedida en el artículo 35° del D.L. N° 3.551, de 1981, y demás disposiciones legales vigentes,
dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
1° Suprímense de la planta del Servicio Nacional de Turismo, los cargos que a continuación se señalan, servidos por los funcionarios que se indican:
AUXILIARES DIRECCION NACIONAL
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Grado
Nombre Cargo Nivel E.U.S.
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Guillermo Verdugo Reyes Auxiliar I 22°
Run 4.222.094-9
AUXILIARES REGIONAL
Enrique Saldivia Bilbao Auxiliar I 22°
Run 6.532.198-K
Guillermo Castro Rojas Auxiliar II 23°
Run 7.098.637-K
ESCALAFON CHOFERES
Edilberto Soto Rebolledo Chofer II 23°
Run 3.832.231-1
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2° El personal cuyos cargos se suprimen en el artículo precedente, que no cumpla con los requisitos para acogerse a jubilación, tendrá derecho a la indemnización a que se refiere la letra e) del artículo 29° del Decreto Ley N° 2.879, de 1979.
3° Las supresiones dispuestas en el presente decreto con fuerza de ley se harán efectivas a contar de la fecha de su publicación.
Anótese, regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Rolando Ramos Muñoz, Brigadier General de Ejército, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Pedro Pizarro Baltz, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.