Art. 14. El Instituto de Extensión Musical, creado por ley N° 6,696, de 2 de octubre de 1940, pasará a depender de la Universidad de Chile, en los términos que establece el Estatuto Orgánico de la Universidad, contenido en el decreto con fuerza de ley N° 280, de 30 de mayo de 1931.
    El Consejo Universitario dictará un reglamento en que se fijarán las normas de su organización interna, su régimen administrativo y artístico y su dependencia dentro de los organismos universitarios.
    Este mismo reglamento fijará la composición y las atribuciones del Consejo especial que cooperará en la dirección del mencionado Instituto.