SUPRIME DE LA PLANTA DE FUNCIONARIOS DE LA OFICINA DE PLANIFICACION AGRICOLA EL CARGO QUE INDICA, DESEMPEÑADO POR LA PERSONA QUE SEÑALA
Santiago, 12 de Agosto de 1981.- Hoy se decretó lo que sigue:
D.F.L. N° 6.- Visto: La facultad establecida en el artículo 9° del decreto ley N° 3.001, de 1979, cuya vigencia fue renovada por el artículo 4° del decreto ley N° 3.529, de 1980, lo dispuesto en la ley N° 16.640 y en el DFL. N° 294, de 1960, el decreto ley N° 1.028, de 1975 y lo establecido en el artículo 32, N° 8 de la Constitución Política del Estado,
vengo en dictar el siguiente Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°- Supímese de la planta de funcionarios de la Oficina de Planificación Agrícola el cargo de Profesional, Técnico Universitario y Contador del Escalafón Profesionales, Técnicos Universitarios, Contadores y Prácticos Agrícolas, grado 16° de la Escala Unica de Remuneraciones, servido por don Enrique González Pacheco.
Artículo 2°- El señor González Pacheco gozará de la indemnización a que se refiere la letra e) del artículo 29° del decreto ley N° 2.879, de 1979, si no reuniere los requisitos para acogerse a jubilación.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Luis Simón Figueroa del Río, Ministro de Agricultura subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Luis Simón Figueroa del Río Subsecretario de Agricultura.