Artículo Segundo.- Para ser designados y/o promovidos en los cargos que se indican a continuación, los interesados deberán cumplir con los requisitos generales de ingreso establecidos en los artículos 11° y 12° de la Ley N° 18.834 y además, con los siguientes requisitos especiales:
A.- PLANTA DE DIRECTIVOS; alternativamente, para los Directivos a nivel de Jefes de Sección e inferiores.
a) Título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste.
b) Título de una carrera de a lo menos 6 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto profesional del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 1 año en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Profesionales, o en cargos que hubieren pertenecido 440& a escalafones que han pasado a integrar esta planta.
c) Título de Técnico o equivalente de una carrera con un curriculum inferior a 6 semestres , otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 2 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Profesionales o de Fiscalizadores o en cargos de escalafones que han pasado a integrar esta planta.
d) Desempeño de a lo menos 8 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Fiscalizadores o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta Planta, más un curso de Gestión Directiva de 90 horas a lo menos.
e) Desempeño de 10 años a lo menos en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Directivos o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta planta.
B.- PLANTA DE PROFESIONALES; Alternativamente:
a) Título Profesional de aquellos que requieren licenciatura previa.
b) Título Profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado, o reconocido por éste.
c) Título de Técnico con especialidad en Comercio Exterior, de una carrera de a lo menos 6 semestres de duración, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y desempeño de a lo menos 6 años en la Planta de Fiscalizadores.