ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DEL SERVICIO NACIONAL DE PESCA, AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO
D.F.L. Núm. 6-18.834.- Santiago, 7 de Febrero de 1990.- Vistos: Las facultades que me confieren los artículos 1° y 2° transitorios de la Ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo único: Adécuanse las plantas y escalafones del personal del Servicio Nacional de Pesca, a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la
forma que se señala:
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Situación Actual
-------------------------------------------------------
Escalafón/Cargos Nivel Grado N°
E.U.S. Cargos
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Jefe Superior del Servicio
Director Nacional IV 3° 1
Directivos
Subdirector III 4° 1
Jefe Asesoría Jurídica I 5° 1
Jefe Departamento I 5° 4
Director Regional I 5° 4
Director Regional II 6° 4
Director Regional III 7° 2
Director Regional III 8° 1
Jefes Secciones I 9° 5
Jefes Establecimientos I 9° 2
Jefes Secciones II 10° 4
Jefes Establecimientos II 10° 3
Jefes Secciones II 11° 2
Jefes Establecimientos II 11° 2
Jefe Sección I 11° 1
PROFESIONALES
Profesional 6° 1
Profesional 8° 1
Profesional 9° 2
Profesional 10° 9
Profesional 11° 6
Profesional 12° 6
Profesional 13° 2
Profesional 14° 5
Técnico Universitario I 14° 2
Profesional 15° 6
Técnico Universitario I 15° 2
Técnico Universitario II 16° 1
Profesional 17° 17
Técnico Universitario II 17° 6
INSPECTORES
Inspector II 14° 7
Inspector II 16° 1
Inspector III 17° 4
Contadores III 17° 2
Inspector III 18° 5
Inspector III 19° 6
Inspector IV 20° 3
OFICIAL ADMINISTRATIVO
Secretaria I 14° 1
Oficial Administrativo I 14° 1
Secretaria I 15° 2
Secretaria II 16° 2
Oficial Administrativo II 16° 3
Secretaria II 17° 1
Oficial Administrativo II 17° 1
Secretaria II 18° 1
Oficial Administrativo II 18° 2
Secretaria II 19° 5
Oficial Administrativo II 19° 7
Oficial Administrativo III 21° 1
Oficial Administrativo IV 25° 1
AUXILIAR
Mayordomo I 19° 1
Chofer I 20° 2
Auxiliar I 21° 2
Auxiliar I 22° 2
Auxiliar II 23° 1
Auxiliar II 25° 3
Adecuación según artículo 5° Ley N° 18.834
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Planta/Cargos Grado N°
E.U.S. Cargos
-------------------------------------------------------
Director Nacional 3° 1
DIRECTIVOS
Subdirector 4° 1
Jefes de Departamentos 5° 5
Directores Regionales 5° 4
Directores Regionales 6° 4
Directores Regionales 7° 2
Director Regional 8° 1
Jefe Sección 9° 7
Jefes Sección 10° 7
Jefes Sección 11° 5
----
37
PROFESIONALES
Profesional 6° 1
Profesional 8° 1
Profesionales 9° 2
Profesionales 10° 9
Profesionales 11° 6
Profesionales 12° 6
Profesionales 13° 2
Profesionales 14° 7
Profesionales 15° 8
Profesional 16° 1
Profesionales 17° 23
----
66
TECNICOS
Técnicos 14° 7
Técnico 16° 1
Técnicos 17° 6
Técnicos 18° 5
Técnicos 19° 6
Técnicos 20° 3
---
28
ADMINISTRATIVOS 14° 2
Administrativos 15° 2
Administrativos 16° 5
Administrativos 17° 2
Administrativos 18° 3
Administrativos 19° 12
Administrativo 21° 1
Administrativo 25° 1
----
28
AUXILIAR
Auxiliar 19° 1
Auxiliares 20° 2
Auxiliar 21° 2
Auxiliar 22° 2
Auxiliar 23° 1
Auxiliares 25° 3
----
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Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican:
CARGOS DE CARRERA
Cargo Requisitos
a) Planta de Directivos: ALTERNATIVAMENTE
JEFES DE SECCION a) Título Profesional de una
Grado 9° carrera universitaria de
8 semestres o más.
Experiencia laboral de 2
años en los sectores
público o privado.
JEFES DE SECCION a) Título Profesional de una
Grado 10° carrera universitaria de 8
semestres o más.
Experiencia laboral de 2
años en los sectores
público o privado.
o,
b) Título de Técnico o
equivalente de una carrera
con un currículum inferior
a 6 semestres, otorgado por
un establecimiento de
Educación Superior del
Estado o reconocido por
éste, y desempeño de a lo
menos 2 años en la
Administración del Estado
en cargos de la Planta de
Técnicos, o en cargos de
escalafones que han pasado
a integrar esa Planta.
JEFES DE SECCION a) Título Profesional de
Grado 11° una carrera universitaria
de una duración de 8
semestres o más y desempeño
de a lo menos 1 año en la
Administración del Estado
en cargos de la Planta de
Profesionales, o en cargos
que hubieren pertenecido a
escalafones que han pasado
a integrar esta Planta.
o,
b) Título de Técnico o
equivalente de una carrera
con un curriculum inferior
a 6 semestres, otorgado por
un establecimiento de
Educación Superior del
Estado o reconocido por
éste, y desempeño de a lo
menos 2 años en la
Administración del Estado
en cargos de la Planta de
Técnicos, o en cargos de
escalafones que han pasado
a integrar esa Planta.
c) Desempeño de a lo menos 8
años en la Administración
del Estado en cargos de la
Planta de Técnicos, o en
cargos que hubieren
pertenecido a escalafones
que han pasado a integrar
esta Planta, más un curso
de Gestión Directiva de 90
horas a lo menos.
d) Desempeño de a lo menos 10
años en la Administración
del Estado en cargos de la
Planta Administrativa o en
cargos que hubieren
pertenecido a escalafones
que han pasado a
integrarla, uno de los
cuales debe ser en cargos
tope de esta planta, más un
Curso de Gestión Directiva
de a lo menos 90 horas.
b) Planta de Profesionales:
PROFESIONALES a) Título Profesional de
Grado 6°, 8° y 9° carrera universitaria de a
lo menos 8 semestres.
Experiencia laboral de 2
años a lo menos en los
sectores público o privado.
PROFESIONALES a) Título Profesional de
Grado 10° al 17° carrera universitaria de a
c) Planta de Técnicos: lo menos 8 semestres.
TECNICOS a) Título Técnico otorgado
Grado 14° por un establecimiento de
Educación Media Técnico-
Profesional.
Experiencia laboral de 3
años a lo menos en los
sectores público o
privado.
TECNICOS a) Título Técnico otorgado por
Grado 15° al 20° un establecimiento de
Educación Media Técnico-
Profesional.
Cargo Requisitos
Experiencia laboral de 2
años a lo menos en los
sectores público o privado.
d) Planta de Administrativos:
ADMINISTRATIVOS a) Licencia de Educación Media
Grado 14° o equivalente.
Curso de Secretariado de
una duración mínima de 500
horas.
Experiencia laboral de 1
año y seis meses en cargos
del nivel previo o cinco
años de experiencia en
labores equivalentes en los
sectores público o privado.
ADMINISTRATIVOS a) Licencia de Educación Media
Grado 15 y 16° o equivalente, Curso de
Secretariado de una
duración mínima de 500
horas.
ADMINISTRATIVOS a) Licencia de Educación Media
Grado 17°, 18° y 19° o equivalente.
Curso de Secretariado de
una duración mínima de
300 horas.
ADMINISTRATIVOS a) Licencia de Educación Media
Grado 21° y 25° o equivalente.
e) Planta de Auxiliares:
AUXILIARES a) Enseñanza básica completa.
Grado 19° Experiencia de a lo menos 3
años en labores
equivalentes de los cuales
1 año 6 meses debe ser en
el nivel previo.
AUXILIARES a) Enseñanza básica completa.
Grado 20° Experiencia de a lo menos 2
años en labores
equivalentes de los cuales 1
año debe ser en el nivel
previo.
AUXILIARES a) Enseñanza básica completa.
Grado 21° al 25°
NOTA:
El artículo primero, Nº 3, del DFL 7, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Director Regional, grado 5, en la Planta de personal de Directivos del Servicio Nacional de Pesca.
El artículo primero, Nº 3, del DFL 7, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Director Regional, grado 5, en la Planta de personal de Directivos del Servicio Nacional de Pesca.
NOTA 1:
El artículo primero, Nº 3, del DFL 9, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Director Regional, grado 5, en la Planta de personal de Directivos del Servicio Nacional de Pesca.
El artículo primero, Nº 3, del DFL 9, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Director Regional, grado 5, en la Planta de personal de Directivos del Servicio Nacional de Pesca.
NOTA 2
El numeral 3 del artículo primero del Decreto con Fuerza de Ley 20, Hacienda, publicado el 09.07.2018, crea un cargo de Director Regional, grado 6º, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública, segundo nivel jerárquico, en la planta de personal de Directivos del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
El numeral 3 del artículo primero del Decreto con Fuerza de Ley 20, Hacienda, publicado el 09.07.2018, crea un cargo de Director Regional, grado 6º, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública, segundo nivel jerárquico, en la planta de personal de Directivos del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Pedro Larrondo Jara, Contralmirante, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Martín Costabal Llona, Ministro de Hacienda.- Carlos Francisco Cáceres C., Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Roberto Cabezas Bello, Subsecretario de Pesca.
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica División de Toma de Razón y Registro Cursa con alcance DFL. N° 6-18.834, de 1990, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción N° 14.579.- Santiago, 16 de Mayo de 1990.
Mediante el decreto con fuerza de ley del epígrafe, documento que ha sido dictado por el Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorga el artículo 1° transitorio de la Ley N° 18.834, se adecuan la planta y escalafones del Servicio Nacional de Pesca, a las plantas establecidas en el artículo 5° permanente de la ley citada.
Esta Contraloría General ha tomado razón de dicho cuerpo legal, pero cumple con hacer presente que el texto en estudio debe entenderse complementado con las normas sobre transformaciones de cargos previstas en el artículo 11 de la ley N° 18.827, que sustituyó la planta de ese Servicio.
Dios guarde a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República.
Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción Presente