Artículo 3° Para la realización de los objetivos señalados, el Servicio podrá:
a) Adquirir, importar, enajenar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes muebles o inmuebles, en especial equipo, maquinarias, accesorios, repuestos o implementos mecánicos;
b) Participar en cualquier tipo de sociedades, cooperativas y asociaciones, entregando aportes económicos o técnicos;
c) Celebrar convenios con organismos nacionales e internacionales, con personas naturales o jurídicas;
d) En general, realizar toda clase de actos y contratos, necesarios para el cumplimiento de sus objetivos, sin limitación alguna.