Por resolución N° 2.092, de 11 de diciembre de 1996 de esta Subsecretaría de Pesca del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, autorízase a PESQUERA IQUIQUE-GUANAYE S.A., para sustituir las naves "Curanipe", "Cullinto" y "Monserrat", autorizadas para operar por Resoluciones N° 4, de 1986, N° 1.174, de 1987, N° 52, de 1989, N° 1.417, de 1991, N° 1.120, de 1995 y N° 499 y N° 1.332, ambas de 1996, todas de esta Subsecretaría, por dos naves, la primera de las cuales se denomina "Monserrat" (en remodelación), en el litoral de las VII y VIII Regiones, por fuera del área de reserva artesanal, donde podrá extraer con cerco, el recurso hidrobiológico Jurel.
Asimismo, la interesada podrá capturar en la misma área y con el mismo arte de pesca señalado, los siguientes recursos hidrobiológicos: Agujilla, Anchoveta, Bonito, Caballa, Cabinza, Cochinilla, Cojinoba del norte, Dorado, Machuelo o Tritre, Palometa, Sierra, Merluza de cola, Sardina española y Sardina común.
Autorízase a la peticionaria para ampliar sus actividades pesqueras extractivas en el sentido de operar en el litoral de la X Región, por fuera del área de reserva artesanal, donde podrá extraer con cerco, los siguientes recursos hidrobiológicos: Agujilla, Anchoveta, Caballa, Cojinoba del norte, Jurel, Merluza de cola, Palometa, Sardina española, Sardina común y Sierra.
La presente autorización es sin perjuicio de las que corresponda conferir a otras autoridades, de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se establezcan.
Deniégase la autorización solicitada por la peticionaria respecto de las áreas y recursos hidrobiológicos no contemplados en la presente Resolución en virtud de los informes técnicos y normas legales y reglamentarias.
Desde el momento en que la nave se inscriba en el Registro Nacional Pesquero Industrial quedarán sin efecto las Resoluciones N° 4, de 1986, N° 1.174, de 1987, N° 52, de 1989, N° 1.120, de 1995, N° 499 y N° 1.332, ambas de 1996, todas de esta Subsecretaría, que autorizaron a la peticionaria para operar con las naves "Curanipe", "Cullinto" y Monserrat". Asimismo, quedará sin efecto la Resolución N° 1.417, de 1991, de esta Subsecretaría, sólo en cuanto autorizó a la peticionaria para operar con las naves "Cullinto" y "Curanipe", según características náuticas asociadas a la matrícula N° 2549, en virtud de lo dispuesto en la presente Resolución.
Valparaíso, 11 de diciembre de 1996.- Juan Manuel Cruz Sánchez, Subsecretario de Pesca.