Art. 47°.- I.- Corresponderá a los Departamentos dependientes del Jefe del Departamento de Estudios:
a) Departamento de Investigación: Programar y realizar estudios que versen sobre los efectos económicos y financieros de las disposiciones del Comercio Exterior relacionados con el sistema tributario aduanero, como asimismo, recopilar las leyes, reglamentos y demás normas de interés para el Servicio.
b) Departamento de Organización y Métodos: Estudiar y proponer la organización, procedimientos y métodos de trabajo que se requieran en el Servicio para conseguir el máximo de eficiencia en el desempeño de las funciones que le encomienda la ley.
c) Departamento de Estadística: Planificar y elaborar las estadísticas del Servicio con fines de estudios, fiscalización o Administración interna.
II.- Dependerán del Jefe del Departamento Administrativo y tendrán las funciones que se enumeran:
a) Departamento de Personal y Bienestar: Desarrollar programas relacionados con la administración de personal y con el bienestar de los funcionarios del Servicio.
Le corresponderá especialmente:
a) Supervigilar la marcha administrativa del Servicio y la conducta funcionaria y privada del personal;
b) Mantener al día los escalafones del personal y carpetas individuales de cada empleado;
c) Organizar, supervigilar e informar los concursos que se efectúen para proveer cargos en el Servicio; y d) Oir al personal y atender en general al bienestar de los funcionarios, supervigilando la labor que debe desarrollar la oficina respectiva.
b) Departamento de Presupuestos y Bienes: Preparar y ejecutar el Presupuesto Corriente y de Capital del Servicio de Aduanas conforme a las disposiciones legales que rijan en la materia, programar y verificar los gastos, adquisiciones e inversiones realizados con cargo a los fondos presupuestarios o a los consultados por leyes especiales que se pongan a disposición del Servicio para atender el desenvolvimiento de sus actividades y llevar el control de los bienes muebles durables a cargo de la Aduana.
Los funcionarios de este Departamento serán responsables ante la Contraloría de la correcta inversión de los fondos puestos a disposición de la Superintendencia. La responsabilidad que se establece en este inciso será exclusiva de los funcionarios que ordenen los pagos y firmen los giros con autorización del Superintendente y sólo cesará si, habiendo representado por escrito al mismo Superintendente la improcedencia de una orden de gastos, éste les reitere, también por escrito, la obligación de cumplirla. En este caso la responsabilidad recaerá por entero en el Superintendente.
c) Sección Arquitectura y Construcción: Programar, ejecutar y controlar las actividades de construcción, reparación, ampliación y mantención de bienes inmuebles del Servicio.