COMISION NACIONAL ENCARGADA DE INVESTIGAR LA EXISTENCIA DE DISTORSIONES EN EL PRECIO DE LAS MERCADERIAS IMPORTADAS
La Comisión, en su Sesión N° 72, celebrada el 3 de febrero de 1993, en virtud de lo previsto en el artículo 11 de la Ley N° 18.525, acordó iniciar las siguientes investigaciones con motivo de las denuncias presentadas por las instituciones que a continuación se señalan, acerca de distorsiones en los precios internacionales de los productos que se indican:
Denunciante Productos
- Oficina de Estudios y Políticas
Agrarias (ODEPA)- Ministerio
de Agricultura - Arroz (partida
arancelaria: 10.06)
- Maíz (partida
arancelaria: 10.05)
- Federación Nacional de
Cooperativas - Leche en polvo,
Lecheras de Chile (FENALECHE) y entera y descremada
(subposiciones
arancelarias
0402.2180 y 0402.10).
- Sociedad Nacional de
Agricultura (SNA)
Santiago, febrero 4 de 1993 LA COMISION