Art. 41°: La Academia comunicará a la Corte Suprema, a más tardar el día Resolución 1,
ACAD. JUDICIAL
Nº 6
D.O. 13.09.201031 de diciembre de cada año, la nómina de funcionarios aceptados en cada curso, para los efectos de las comisiones de servicio que procedan.
ACAD. JUDICIAL
Nº 6
D.O. 13.09.201031 de diciembre de cada año, la nómina de funcionarios aceptados en cada curso, para los efectos de las comisiones de servicio que procedan.