ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DE LA DIRECCION DE INDUSTRIA Y COMERCIO AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834 SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO
D.F.L. Núm. 8-18.834.- Santiago, 22 de Febrero de 1990.- Visto: las facultades que me confieren los artículos 1° y 2° transitorio de la Ley N° 18.834.- de 1989 que aprobó el Estatuto Administrativo,
dicto el siguiente
Decreto con fuerza de ley
Artículo único: Adécuanse las Plantas y Escalafones del personal de la Dirección de Industria y Comercio a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834 en la
forma que se señala:
_____________________________________________________
SITUACION ACTUAL
_____________________________________________________
ESCALAFON / CARGOS NIVEL GRADO N° CARGOS
_____________________________________________________
JEFE SUPERIOR DEL SERVICIO
--------------------------
DIRECTOR NACIONAL IV 3° 1
DIRECTIVOS SUPERIORES
---------------------
ASESOR LEGAL III 4° 1
DIRECTIVOS
----------
SECRETARIO REGIONAL I 5° 1
JEFES DE DEPARTAMENTOS I 5° 2
DIRECTORES REGIONALES II 6° 4
DIRECTORES REGIONALES III 7° 4
JEFE UNIDAD ADMINISTRACIONIII 7° 1
DIRECTORES REGIONALES III 8° 4
JEFATURAS A I 9° 2
JEFATURAS A II 10° 2
JEFE DE PRESUPUESTO I 10° 1
JEFATURAS B I 12° 5
JEFATURAS B II 13° 4
PROFESIONAL UNIVERSITARIO 5° 3
PROFESIONAL UNIVERSITARIO 6° 4
PROFESIONAL UNIVERSITARIO 7° 5
PROFESIONAL UNIVERSITARIO 8° 4
PROFESIONAL UNIVERSITARIO 9° 1
PROFESIONAL UNIVERSITARIO 10° 3
TECNICOS UNIVERSITARIOS I 14° 2
TECNICOS UNIVERSITARIOS II 15° 1
CONTADOR I 10° 1
PROGRAMADOR A I 10° 1
CONTADOR II 15° 1
SECRETARIA EJECUTIVA I 11° 1
OFICIALES ADMINISTRATIVOS I 14° 4
OFICIALES ADMINISTRATIVOS I 15° 4
OFICIALES ADMINISTRATIVOS II 16° 5
OFICIALES ADMINISTRATIVOS II 17° 5
OFICIALES ADMINISTRATIVOS II 18° 5
OFICIALES ADMINISTRATIVOS II 19° 5
OFICIALES ADMINISTRATIVOS II 20° 6
OFICIALES ADMINISTRATIVOS III 21° 5
OFICIALES ADMINISTRATIVOS III 22° 2
OFICIALES ADMINISTRATIVOS III 23° 3
OFICIALES ADMINISTRATIVOS IV 26° 1
MAYORDOMO I 20° 1
CHOFERES I 20° 2
CHOFERES I 21° 1
AUXILIARES I 21° 1
CHOFERES III 23° 1
AUXILIARES II 24° 1
AUXILIARES II 26° 2
AUXILIAR II 27° 1
_____________________________________________________
ADECUACION SEGUN ARTICULO 5° LEY 18.834
_____________________________________________________
PLANTA / CARGOS GRADO N° CARGOS
_____________________________________________________
DIRECTOR NACIONAL 3° 1
PLANTA DE DIRECTIVOS
--------------------
Jefe Departamento Jurídico 4° 1
Jefes de Departamento 5° 3
Directores Regionales 6° 4
Directores Regionales 7° 4
Jefe Departamento Administración 7° 1
Directores Regionales 8° 4
Jefes de Sección 9° 2
Jefe de Sección 10° 3
Jefes de Oficina 12° 5
Jefes de Oficina 11° 4
PLANTA DE PROFESIONALES
-----------------------
Profesionales 5° 3
Profesionales 6° 4
Profesionales 7° 5
Profesionales 8° 4
Profesional 9° 1
Profesionales 10° 3
Profesionales 14° 2
Profesional 15° 1
PLANTA DE TECNICOS
------------------
Técnicos 10° 2
Tecnico 15° 1
PLANTA DE ADMINISTRATIVOS
-------------------------
Administrativo 11° 1
Administrativos 14° 4
Administrativos 15° 4
Administrativos 16° 5
Administrativos 17° 5
Administrativos 18° 5
Administrativos 19° 5
Administrativos 20° 6
Administrativos 21° 5
Administrativos 22° 2
Administrativos 23° 3
Administrativo 26° 1
PLANTA DE AUXILIARES
--------------------
Auxiliares 20° 3
Auxiliares 21° 2
Auxiliar 23° 1
Auxiliar 24° 1
Auxiliares 26° 2
Auxiliar 27° 1
Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las Plantas y Cargos que se indican:
Cargo Grado Requisitos
PLANTA DE DIRECTIVOS
Jefe de Sección 9° Un cargo requiere título de
Asistente Social.
Un cargo requiere
alternativamente:
a.- Título profesional de una
carrera a lo menos 8 semestres
de duración, otorgado por un
establecimiento de Educación
Superior del Estado o reconocido
por éste.
b.- Título profesional de una
carrera de a lo menos 6
semestres de duración, otorgado
por un establecimiento de
Educación Superior del Estado
o reconocido por éste.
c.- Título de Técnico de una
carrera con un curriculum
inferior a 6 semestres otorgado
por un establecimiento de
Educación Superior del Estado o
reconocido por éste.
d.- Desempeño de a lo menos 8
años en la Administración del
Estado en cargos de la Planta de
Técnicos, o en cargos que
hubieren pertenecido a
escalafones que han pasado a
integrar esta Planta, más un
curso de Gestión Directiva de 90
horas a lo menos.
e.- Desempeño de 10 años a lo
menos en la Administración del
Estado en cargos de la Planta
Directivos o en cargos que
hubieren pertenecido a
escalafones que han pasado a
integrar esta Planta.
f.- Desempeño de a lo menos 10
años en la Administración del
Estado en cargos de la Planta
Administrativa o en cargos que
hubieren pertenecido a
escalafones que han pasado a
integrarla, uno de los cuales
debe ser en cargos topes de esa
Planta, más un curso de Gestión
Directiva de a lo menos 90
horas.
Jefes de Sección 10° Un cargo requiere el título de
Contador
Dos cargos requieren
alternativamente:
a.- Título profesional de una
carrera de a lo menos 8
semestres de duración, otorgado
por un establecimiento de
Educación Superior del Estado
o reconocido por éste.
b.- Título profesional de una
carrera de a lo menos 6
semestres de duración, otorgado
por un establecimiento de
Educación Superior del Estado o
reconocido por éste, y
desempeño de a lo menos 1 año en
cargos del mismo Servicio o 2
años en la Administración del
Estado en cargos de la Planta
de Profesionales, o en cargos
que hubieren pertenecido a
escalafones que han pasado a
integrar esta planta.
c.- Título de Técnico de una
carrera con un currículum
inferior a 6 semestres, otorgado
por un establecimiento de
Educación Superior del Estado
o reconocido por éste, y
desempeño de a lo menos 2 años
en la Administración del Estado
en cargos de la Planta de
Técnicos, o en cargos de
escalafones que han pasado a
integrar esa planta.
d.- Desempeño de a lo menos 8
años en la Administración del
Estado en cargos de la Planta
de Técnicos, o en cargos que
hubieren pertenecido a
escalafones que han pasado a
integrar esta Planta, más un
curso de Gestión Directiva de
90 horas a lo menos.
e.- Desempeño de 10 años a lo
menos en la Administración del
Estado en cargos de la Planta
de Directivos o en cargos que
hubieren pertenecido a
escalafones que han pasado a
integrar esta Planta.
f.- Desempeño de a lo menos 10
años en la Administración del
Estado en cargos de la Planta
Administrativa o en cargos que
hubieren pertenecido a
escalafones que han pasado a
integrarla, uno de los cuales
debe ser en cargos tope de esa
planta, más un Curso de Gestión
Directiva de a lo menos 90 horas.
Jefes de Oficina 12° 13° Alternativamente:
a.- Título profesional de una
carrera de a lo menos 8
semestres de duración, otorgado
por un establecimiento Educación
Superior del Estado o reconocido
por éste.
b.- Título profesional de una
carrera de a lo menos 6 semestres
de duración, otorgado por un
establecimiento de Educación
Superior del Estado o reconocido
por éste y desempeño de a lo
menos 1 año en cargos del mismo
Servicio o 2 años en la
Administración del Estado en
cargos de la Planta de
Profesionales, o en cargos que
hubieren pertenecido a
escalafones que han pasado a
integrar esta planta.
c.- Título de Técnico de una
carrera con un currículum
inferior a 6 semestres, otorgado
por un establecimiento de
Educación Superior del Estado o
reconocido por éste, y desempeño
de a lo menos 2 años en la
Administración del Estado en
cargos de la Planta de Técnicos,
o en cargos de escalafones que
han pasado a integrar esa planta.
d.- Desempeño de a lo menos 8
años en la Administración del
Estado en cargos de la Planta
de Técnicos, o en cargos que
hubieren pertenecido a
escalafones que han pasado a
integrar esta Planta, más un
curso de Gestión Directiva de
90 horas a lo menos.
e.- Desempeño de 10 años a lo
menos en la Administración del
Estado en cargos de la Planta
de Directivos o en cargos que
hubieren pertenecido a
escalafones que han pasado a
integrar esta Planta.
f.- Desempeño de a lo menos 10
años en la Administración del
Estado en cargos de la Planta
Administrativa o en cargos que
hubieren pertenecido a
escalafones que han pasado a
integrarla, uno de los cuales
debe ser en cargos topes de esa
planta, más un Curso de Gestión
Directiva de a lo menos 90
horas.
PLANTA DE PROFESIONALES
Profesional 5° Título profesional de una carrera
a lo menos 8 semestres de duración,
otorgado por un establecimiento
de Educación Superior del Estado
o reconocido por éste.
Profesional 6° Título profesional de una carrera a
lo menos 8 semestres de duración o
más otorgado por un establecimiento
de Educación Superior del Estado o
reconocido por éste.
Profesional 7° 8° Título Profesional de una carrera
a lo menos 8 semestres de duración
o más, otorgado por un
establecimiento de Educación
Superior del Estado o reconocido
por éste.
Profesional 9° 10° Título profesional otorgado por un
establecimiento de Educación
Superior del Estado o reconocido
por éste.
Profesional 14° 15° Título profesional otorgado por un
establecimiento de Educación
Superior del Estado o reconocido
por éste.
PLANTA TECNICA
Técnico 10° Un cargo requiere de título de
Programador y Analista de Sistemas.
Un cargo requiere alternativamente:
a.- Título de Técnico otorgado por
un establecimiento de Educación
Superior del Estado o reconocido
por éste.
b.- Título Técnico otorgado por un
establecimiento de Educación Media
técnico-profesional del Estado o
reconocido por éste.
Técnico 15° Alternativamente:
a.- Título de Técnico otorgado por
un establecimiento de educación
Superior del Estado o reconocido
por éste.
b.- Título de Técnico otorgado por un
establecimiento de Educación Media
técnico-profesional del Estado o
reconocido por éste.
PLANTA ADMINISTRATIVA
Administrativos 11° al 26° Licencia de Educación Media
o Equivalente.
PLANTA AUXILIARES
Auxiliares 20° al 27° Haber aprobado la Educación
Básica.
NOTA:
El artículo primero, Nº 2, del DFL 7, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Director Regional, grado 6, en la Planta de personal de Directivos del Servicio Nacional del Consumidor.
El artículo primero, Nº 2, del DFL 7, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Director Regional, grado 6, en la Planta de personal de Directivos del Servicio Nacional del Consumidor.
NOTA 1:
El artículo primero, Nº 2, del DFL 9, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Director Regional, grado 8, en la Planta de Directivos del Servicio Nacional del Consumidor.
El artículo primero, Nº 2, del DFL 9, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Director Regional, grado 8, en la Planta de Directivos del Servicio Nacional del Consumidor.
NOTA 2
El artículo primero, Nº 2, del DFL 20, Hacienda, publicado el 09.07.2018, crea un cargo de Director Regional, grado 8°, en la Planta de Directivos del Servicio Nacional del Consumidor.
El artículo primero, Nº 2, del DFL 20, Hacienda, publicado el 09.07.2018, crea un cargo de Director Regional, grado 8°, en la Planta de Directivos del Servicio Nacional del Consumidor.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General de Ejército, Presidente de la República.- Pedro Larrondo Jara, Contralmirante, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Carlos F. Cáceres Contreras, Ministro del Interior.- Martín Costabal Llona, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Ximena del Pozo Parada, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción Subrogante.
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica División de Toma de Razón y Registro Cursa con alcance DFL. N° 8-18.834, de 1990, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
N° 12.201.- Santiago, 24 de Abril de 1990.- Mediante el decreto con fuerza de ley del epígrafe, documento que ha sido dictado por el Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorga el artículo 1° transitorio de la ley N° 18.834, se adecuan la planta y escalafones de la Dirección de Industria y Comercio a las plantas establecidas en el artículo 5° permanente de la ley citada.
Esta Contraloría General ha tomado razón de dicho cuerpo legal, pero cumple con hacer presente que el texto en estudio debe entenderse complementado con las normas, sobre transformaciones de cargos previstas en el artículo 9° de la ley N° 18.827, que sustituyó la planta de ese Servicio.
Dios guarde a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República.
Al señor Ministro de Economía.
Fomento y Reconstrucción Presente