CUARTO: Admitido a tramitación el reclamo éste se fallará en cuenta, salvo que cualquiera de las partes solicite alegatos y el Tribunal estimare conveniente oír a los abogados de aquellas; en este caso la relación pertinente, tendrá el carácter de privada. En la respectiva audiencia se fijará el tiempo de que dispondrán las partes para efectuar sus alegaciones.