ARTICULO 21° Las acciones en que se divida el capital de la sociedad "TELEX CHILE Comunicaciones Telegráficas S.A". se pagarán con los bienes, que se indican valorizados en el listado anexo de este decreto con fuerza de ley que forma parte de él y que se transfieren a dicha sociedad con este fin, sin perjuicio de aquéllos que se le transfieran en el futuro en conformidad con lo dispuesto en el artículo precedente.
El listado anexo está constituido por:
a) Máquinas de oficina por un valor de $ 3.930.000 (tres millones novecientos treinta mil pesos), b) Mobiliarios y enseres de oficina por un valor de $ 7.790.000 (siete millones setecientos noventa mil pesos),
c) Equipos e instalaciones de telecomunicaciones por un valor de $ 240.070.000 (doscientos cuarenta millones setenta mil pesos),
d) Derecho que corresponde como suscriptor de 178 teléfonos por un valor de $ 526.000 (quinientos veintiséis mil pesos),
e) Repuestos y materiales de instalación en existencia por un valor de $ 20.921.156 (veinte millones novecientos veintiún mil ciento cicuenta y seis pesos),
f) Vehículos motorizados por un valor de $ 1.420.000 (un millón cuatrocientos veinte mil pesos), y g) Bienes Raíces por un valor de $ 108.808.893 (ciento ocho millones ochocientos ocho mil ochocientos noventa y tres pesos).