FIJA TEXTO REFUNDIDO DE LAS RESOLUCIONES EXENTAS N° 734, DE 1986; N° 512, de 1987, Y N° 1.133, DE 1988, POR LAS CUALES SE DETERMINAN LAS MENCIONES QUE DEBE CONTENER LA CEDULA DE IDENTIDAD

    Núm. 287 exenta.- Santiago, 4 de Abril de 1989.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 8° del D.L. N° 1.268, de 1975; las Resoluciones Exentas N°s. 734, de 1° de agosto de 1986; 512, de 8 de julio de 1987, y 1.133, de 2 de diciembre de 1988, todas de este Servicio; el DL. N° 26, de 1924; la Resolución N° 1.050, de 1980, de la Contraloría General de la República, y las conclusiones del DJ Ord. N° 164/1.465, de fecha 22 de junio de 1988, y
    Considerando: La necesidad de unificar la normativa existente que se relacione con la concesión de las cédulas de identidad que emite el Servicio de Registro Civil e Identificación.

    Resuelvo:


    1.- Las cédulas de identidad que otorgue el Servicio de Registro Civil e Identificación, para chilenos y para extranjeros, tendrán un tamaño de 65 por 100 milímetros, serán confeccionadas en papel fotográfico, llevarán una impresión de seguridad con tintas fugitiva, ultravioleta e infrarroja, contendrán un código de validación de los datos que constan en ella y otro código correspondiente a la Oficina receptora de la solicitud, y estarán laminadas en plástico con un sello en sobre relieve sobre ellas, todo esto de modo de asegurar al máximo su inviolabilidad.
    2.- La cédula de identidad para chilenos contendrá, además, las siguientes menciones:
    a) Anverso de la cédula.- Llevará como encabezamiento la leyenda: "CEDULA NACIONAL DE IDENTIDAD"; bajo ésta, el número RUN del titular, sus nombres y apellidos, y su firma. A la izquierda de estos datos, irá la fotografía del titular, la que deberá ser en blanco y negro, tamaño 37 por 32 milímetros.
    b) Reverso de la cédula.- Contendrá la fecha de nacimiento del titular, la circunscripción, número y año de su inscripción de nacimiento, su profesión, cuando corresponda, la fecha de vencimiento de la cédula y la impresión digital del titular.
    3.- La cédula de identidad para extranjeros contendrá las siguientes menciones, además de las características señaladas en el número 1:
    a) Anverso de la cédula.- Llevará como encabezamiento la leyenda: "CEDULA IDENTIDAD EXTRANJEROS"; bajo ésta, el número RUN del titular, sus nombres y apellidos, y su firma. A la izquierda de estos datos, irá la fotografía del titular, la que deberá ser en blanco y negro, tamaño 37 por 32 milímetros.
    b) Reverso de la cédula.- Contendrá la fecha de nacimiento del titular, su país de nacionalidad, el tipo de visa que se le hubiere concedido, su profesión, cuando corresponda, la fecha de vencimiento de la cédula y la impresión digital del titular.
    4.- Las menciones relativas a los nombres y apellidos del titular de la cédula, la circunscripción, número y año de la inscripción, y la fecha de su nacimiento, como asimismo, la profesión de éste, a que se hace mención en los números 2 y 3. anteriores, corresponderán a los datos registrados en la inscripción de nacimiento o ficha índice y en el Registro de Profesionales, respectivamente.
    5.- Excepcionalmente, en las cédulas de identidad podrá faltar la información de la inscripción de nacimiento, cuando este hecho no pueda ser constatado en los registros del Servicio destinados a este efecto. Asimismo, podrá faltar la impresión digital cuando el titular presente un impedimento permanente en todos sus dedos que imposibilite su impresión. En igual forma, podrá omitirse la firma cuando la persona no pueda o no sepa hacerla.
    6.- Revócase la concesión de las cédulas "PARA AUSENTES DEL PAIS", que este Servicio otorgaba a los chilenos residentes en el extranjero.
    7.- Déjase sin efecto la Orden del Servicio N° 11.067, de fecha 21 de julio de 1975, de esta Dirección General, como asimismo, toda otra normativa que se contraponga con lo dispuesto por la presente Resolución.
    8.- Esta Resolución comenzará a regir treinta días después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Anótese y publíquese.- Enrique Tornero Figueroa, Director General.