Artículo 47.- Los objetivos de la cooperativa asignataria son la producción agrícola y pecuaria, en cualquiera de sus formas y la organización y promoción social, económica y cultural de sus socios.
Para lograr estos objetivos la cooperativa realizará especialmente lo siguiente:
a) Determinar los correspondientes planes de explotación en conformidad a los planes generales que el Ministerio de Agricultura tenga para la región;
b) Todos aquellos actos, obras, construcciones y trabajos que mejoren el predio, aumenten su eficiencia productiva y conserven los recursos naturales;
c) Propender a la especialización y capacitación de sus socios;
d) Procurar su capitalización eficiente;
e) Integrar procesos y faenas a sus productos para mejorar su calidad, presentación, envase y transporte como asimismo, para su transformación en otros productos más elaborados, su mejor terminación y comercialización más ventajosa.
Dentro de este objetivo tenderá al establecimiento de industrias anexas;
f) Obtener y proporcionar todos aquellos servicios que permitan a la comunidad de trabajo gozar de los beneficios materiales, culturales, educacionales, de salud y otros que la comunidad nacional tenga disponibles;
g) Abastecer de bienes de consumo a sus socios; y g) La asociación con toda organización que pueda colaborar al cumplimiento de los objetivos anteriores o procurarlos en forma más adecuada.