MODIFICA RESOLUCION N° 42, EXENTA DE 1985, QUE DETERMINA FORMATO DE RECETA CHEQUE Y RECETA MEDICA RETENIDA
Núm. 708 exenta.- Santiago, 31 de mayo de 1995.- Visto: lo dispuesto en los artículos 23 y 26 del decreto supremo N° 404 de 1983 del Ministerio de Salud, Reglamento de Estupefacientes y 23 y 25 del decreto supremo N° 405 de 1983 de la misma Secretaría de Estado, Reglamento de Productos Psicotrópicos; en la resolución N° 55 del año 1992, de la Contraloría General de la República, y
Teniendo presente las facultades que me confieren los artículos 4° y 6° del decreto ley N° 2.763 de 1979, dicto la siguiente
Resolución:
Modifícase la resolución N° 42 de 1985, del Ministerio de Salud, publicada en el Diario Oficial del día 21 de febrero de 1985, que determina el formato de receta cheque y receta médica retenida y fija claves correspondientes a estupefacientes y productos psicotrópicos, en la forma que a continuación se indica:
- Incorpórase entre el Acápite "1.A.- Receta médica retenida" y el Acápite "1.B.- Receta Cheque" que pasa a ser "1.C.-", el siguiente Acápite:
"1.B.- Receta médica retenida extendida por profesionales habilitados en establecimientos asistenciales públicos y privados, para ser despachada en farmacias comerciales.
a) En la parte superior izquierda de la receta, deberá contener impreso el nombre del establecimiento, Municipalidad a la que pertenece, en el caso de establecimientos municipalizados, y Servicio de Salud en cuyo territorio esté ubicado.
b) A continuación se dejará un espacio para identificar al paciente:
- nombres y apellidos.
- edad.
- número de cédula de identidad; si es menor de edad deberá consignarse dicho antecedente de su representante legal.
- domicilio y ciudad.
c) Cuerpo de la receta donde aparece la prescripción que señalará:
- nombre genérico de la benzodiazepina.
- forma farmacéutica y dosis de presentación.
- período que comprende el tratamiento.
- total de unidades a despachar.
- fecha de emisión.
d) Nombres y apellidos del médico cirujano que suscribe la receta y cédula de identidad consignados manual y personalmente.
e) Espacio para la firma del médico cirujano que suscribe la receta."
Anótese y publíquese.- Fernando Muñoz Porras, Ministro de Salud Subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Dr. Cleofe Molina Alvarez, Subsecretario (S) de Salud.