FIJA PUNTO DE TERMINACION DE RED Santiago, 9 de Julio de 1996.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 757 exenta.- Vistos:
a) La ley N° 18.168, Ley General de Telecomunicaciones;
b) El Decreto Ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, y
c) La Resolución N° 55, de 1992, de la Contraloría General de la República.
R e s o l u c i ó n:
Fíjase, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 25° de la Ley General de Telecomunicaciones los siguientes puntos de terminación de red a las concesionarias de servicio público telefónico que se indica:
a)Entel Telefonía Local S.A.:
Zona primaria Nombre centro Dirección
Valparaíso Hanga-Roa Pasaje Oho-Vehi s/n,
Hanga Roa,
Isla de Pascua,
V Región.
b) VTR S.A.:
Zona primaria Nombre centro Dirección
Santiago Huérfanos 1 Huérfanos 1546,
Santiago,
Región Metropolitana.
c) Compañía de Telecomunicaciones de Chile S.A.:
Zona primaria Nombre centro Dirección
Valdivia Torreones C. Henríquez/
Y. Buenas.
Valdivia, X Región.
Osorno Río Damas Manuel Rodríguez s/n,
Osorno, X Región.
Puerto Montt Vicente Pérez R. Urmeneta s/n,
Puerto Montt, X Región.
Coihaique Río Simpson Ramón Freire s/n,
Coihaique,
XI Región.
Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Gregorio San Martín Ricci, Subsecretario de Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enrique Pérez Fritis, Jefe Div. Planificación Estratégica y Estudios.