APRUEBA ARANCEL DEL REGIMEN DE PRESTACIONES DE SALUD DE LA LEY N° 18.469

    Núm. 855 exenta.- Santiago, 30 de Diciembre de 1993.- Visto: Lo propuesto por el Director del Fondo Nacional de Salud, en Oficio Reservado 2F/N°... de Diciembre de 1993, lo establecido en el artículo N° 28 de la Ley N° 18.469 y lo dispuesto por dicha normativa para la determinación del valor de las prestaciones del Régimen de Salud que se otorguen por la Modalidad de Atención Institucional y de Libre Elección que ella regula; lo dispuesto en el artículo 4° letra b) del Decreto Ley N° 2.763, de 1979, dicto la siguiente
    Resolución:


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| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.753 DEL DIA VIERNES  |
|      31 DE DICIEMBRE DE 1993, PAGINA 37 A LA 75.  |
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    Anótese y publíquese.- Dr. Patricio Silva Rojas, Ministro de Salud (S).- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Dr. Luis Martínez Oliva, Subsecretario de Salud (S).