SUPRIME DE LA PLANTA DE FUNCIONARIOS DEL SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO LOS CARGOS QUE INDICA, DESEMPEÑADOS POR LAS PERSONAS QUE EXPRESA
Santiago, 6 de Noviembre de 1980.- Hoy se decretó lo que sigue:
DFL. N° 15.- Visto: La facultad que me otorga el artículo 9° del decreto ley N° 3.001, de 1979, y lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973; 527 y 806, de 1974,
vengo en dictar el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- Suprímese de la planta de funcionarios del Servicio Agrícola y Ganadero, a contar desde la fecha de publicación del presente decreto con fuerza de ley, los cargos que a continuación se indican, desempeñados por las personas que se señalan:
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Nombre GradoEUR. Cargo Nivel
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López Lange, Francisco 5 Director I
Zonal
Besoaín Monasterio, Eduardo 6 Ing. I
Agrónomo
Madariaga Wirt, Hugo 7 Jefe II
Depto
Alarcón Fuentes, César 7 Jefe II
Depto
Carrasco Aguirre, Adriana 14 Téc.Univ. I
Exp.
Alamos Cataldo, Antonio 17 Téc.Univ. II
Exp.
Salazar Muñoz, María 19 Of. I
Administrat.
Carreño Soriano, Washington 19 Of. I
Adminsitrat.
Beltrán Reyes, Eduardo 20 Téc.Univ. II
Pract.
Agrícola
Milillán Montiel, Juan Antonio 23 Of. II
Administrat.
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Artículo 2°.-El personal cuyos cargos quedan suprimidos en conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior y que no cumpla con los requisitos para acogerse a jubilación, gozará de la indemnización a que se refiere la letra e) del artículo 29° del decreto ley N° 2.879, de 1979.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Alfonso Márquez de la Plata Yrarrázaval, Ministro de Agricultura.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- José Luis Toro Hevia, Subsecretario de Agricultura.