MODIFICA RESOLUCION EXENTA N° 62, DE 1995 Núm. 1.040 exenta.- Santiago, Julio 18 de 1995.
    Vistos: El DFL N° 10, de 1981, y el Artículo N° 5 de Decreto N° 2, de 1995, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones; la necesidad de fijar tarifas a las prestaciones postales complementarias; la Resolución Exenta N° 62, de 1995 y sus modificaciones, todas de esta Empresa de Correos de Chile; y el Acuerdo de Directorio N° 63/95, en Sesión Décima Ordinaria, del H. Directorio de la Empresa; la Resolución N° 55, de 1992, de la Contraloría General de la República de Chile y, en uso de las atribuciones que me confiere las Resoluciones N° 233, de 1994, y N° 223, de 1991, ambas de la Empresa de Correos de Chile, dicto la siguiente:
    Resolución:

    1.- Modifíquese el Artículo N° 2, letra j, primer párrafo, por lo siguiente:
    j) El Servicio de Almacenaje corresponde a un valor diario que regirá después de transcurrido 10 días hábiles de cursado el aviso al destinatario. Para estos efectos el sábado no se considerará día hábil.


    Anótese, comuníquese y publíquese.- Mario Felmer Klenner, Gerente General.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Olga Judith Díaz Lagos, Jefe Oficina Central de Partes y Transcriptora.