Artículo 33° Los dueños, Ley 20596
Art. 1 Nº 3
D.O. 04.07.2012gerentes o empleados de ferias de ganado y mataderos no podrán recibir, rematar ni beneficiar ganado sin que, previamente, hayan recepcionado el o los formularios de movimiento animal respectivos, emitidos en el establecimiento de origen.
Art. 1 Nº 3
D.O. 04.07.2012gerentes o empleados de ferias de ganado y mataderos no podrán recibir, rematar ni beneficiar ganado sin que, previamente, hayan recepcionado el o los formularios de movimiento animal respectivos, emitidos en el establecimiento de origen.
Los dueños, gerentes o empleados de ferias y mataderos tendrán la obligación de conservar y entregar los formularios de movimiento animal que comprueben la procedencia del ganado vendido o beneficiado, en la forma y plazo que determine el Servicio Agrícola y Ganadero.