Artículo 14°.- Del Departamento de Administración dependerán los siguientes subdepartamentos y secciones:
    a) Subdepartamento de Personal: con las Secciones Personal, Remuneraciones, y Bienestar;
    b) Subdepartamento Secretaría General: con la Sección Relaciones Públicas;
    c) Subdepartamento de Bienes y Servicios: con las Secciones Arquitectura y Propiedades; Seguridad y Consumos Básicos, y Servicios Generales;
    d) Subdepartamento de Abastecimiento;
    e) Sección Obras Sociales;
    f) Sección Deudas Hipotecarias.