Por haber aparecido con errores la publicación del decreto N.o 342, de 3 de Abril de 1925, en el Diario Oficial de 25 del mismo mes, debido a la transcripción recibida, se inserta nuevamente, rectificado:
RATIFICA LA CONVENCION PARA FACILITAR LA CIRCULACION DE PELICULAS DE CARACTER EDUCATIVO
Núm. 342.
ARTURO ALESSANDRI PALMA
Presidente de la República de Chile
Por cuanto la República de Chile subscribió en Ginebra, el 11 de Octubre de 1933, la Convención para facilitar la circulación de películas de carácter educativo, con la reserva indicada en el artículo 9.o de la misma Convención.
Y por cuanto dicha Convención ha sido ratificada por mí, previa aprobación del Congreso Nacional y las ratificaciones han sido depositadas en Ginebra, en la Secretaría de la Sociedad de las Naciones, el 20 de Marzo de 1935,
Por tanto, y en uso de la facultad que me confiere el número 16 del artículo 72 de la Constitución Política del Estado, dispongo y mando que se cumpla y lleva a efecto en todas sus partes como ley de la República, con la reserva indicada, publicándose copia autorizada de dicha Convención en el Diario Oficial.
Dado en la sala de mi despacho y refrendado por el Ministro de Estado en el Departamento de Relaciones Exteriores en Santiago, a tres días del mes de Abril de mil novecientos treinta y cinco.- ARTURO ALESSANDRI.- Miguel Cruchaga.