Por cuanto, la República de Chile aprobó la Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer, suscrita en Bogotá el 2 de mayo de 1948, cuyo texto íntegro y exacto se acompaña.
Y por cuanto, dicha Convención ha sido ratificada por mí, previa aprobación de la Honorable Junta de Gobierno, según consta en el decreto ley 872, de 28 de enero del año en curso, y el Instrumento de Ratificación ha sido depositado en la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, en Washington, el 10 de abril de 1975.
Por tanto, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 5º del decreto ley 247, de 17 de enero de 1974, dispongo y mando que se cumpla y lleve a efecto en todas sus partes como ley de la República, publicándose copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.