ARTICULO 11° La Oficina de Planificación Nacional se encargará de todos los trámites relacionados con la postulación, concesión, prórroga, suspensión y término de las becas, en particular:
    a) Recibir, clasificar y archivar las solicitudes de becas y demás antecedentes relacionadas con ellas.
    b) Encargarse de la tramitación de las becas hasta el total perfeccionamiento de la resolución que las conceda.
    c) Poner a disposición del becario los beneficiosLEY 18.681
ART. 40
N° 12)
establecidos en los artículos 4° y 4° bis en la forma prevista en el presente decreto con fuerza de ley.
      d) Velar por el cumplimiento de las obligaciones del VER NOTA 1.- becario.
    e) Poner en conocimiento del Consejo los casos de incumplimiento de sus obligaciones o infracciones en que incurriere el becario, para los efectos de la adopción de las sanciones o medidas correspondientes.
    f) Los demás cometidos y tareas que le encargue el Consejo para la correcta aplicación del presente decreto con fuerza de ley.