FIJA VALORES BASE DE TERRENOS, CONSTRUCCIONES Y DEFINICIONES TECNICAS PARA EL REAVALUO DE LOS BIENES RAICES DE LA SEGUNDA SERIE, NO AGRICOLAS
Santiago, 19 de Diciembre de 1994.- Hoy se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 5.562 exenta.- Vistos: Lo señalado en los artículos 3° y 4° de la Ley 17.235, de 1969, sobre Impuesto Territorial; lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley 19.000, de 1990; y
Considerando:
1°) Que los avalúos fiscales vigentes de los bienes raíces no agrícolas presentan distorsiones que generan desequilibrios en la distribución de las contribuciones;
2°) Que el Servicio de Impuestos Internos, de acuerdo a la Ley, debe efectuar periódicamente reavalúos de las propiedades;
3°) Que la ley ordena al Servicio de Impuestos Internos reavaluar las propiedades no agrícolas a contar del 1° de enero de 1995, y
4°) Que para los efectos de la determinación del avalúo fiscal de los bienes raíces de la Segunda Serie, No Agrícolas, es necesario fijar definiciones técnicas y valores para las construcciones y terrenos.
Resuelvo:
1°) Establécense las definiciones técnicas y valores unitarios base comunales de las construcciones contenidos en el anexo de esta resolución.
2°) Fíjanse los valores base de los terrenos y los coeficientes guías contenidos en los correspondientes planos comunales confeccionados por las Direcciones Regionales del Servicio de Impuestos Internos.
3°) Apruébanse los planos comunales que definen los coeficientes de corrección por localización en sectores comerciales y sus áreas de aplicación.
4°) Para determinar los avalúos que entrarán a regir el 1° de enero de 1995, las tablas de valores fijadas por la presente resolución se reajustarán a contar del 1° de enero de 1995, en el porcentaje de variación que experimente el índice de precios al consumidor en el período comprendido entre el 1° de julio y el 31 de diciembre de 1994.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Javier Etcheberry Celhay, Director.- Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y demás fines.- Saluda a Ud., Carlos Bustos Franco, Secretario General.
ANEXO DE RESOLUCION N° 5.562 EXENTA, DE 1994
I. TABLAS DE CLASIFICACION DE LAS CONSTRUCCIONES Las construcciones se clasifican de acuerdo a su clase y calidad.
1. CLASE DE LAS CONSTRUCCIONES
Corresponde al material de la estructura soportante, sin considerar las tabiquerías o divisiones interiores. En general, constituye la obra gruesa de la edificación.
Se aplicarán las definiciones y códigos de clase que a continuación se detallan:
1.1 CONSTRUCCIONES
Código Definición
A Construcción con estructura soportante de
acero. Entrepisos de perfiles de acero o
losas armadas.
B Construcción con estructura soportante de
hormigón armado.
C Construcción con estructura soportante de
albañilería de ladrillos, piedra o bloques de
concreto. Las albañilerías pueden ser
simples, armadas o reforzadas. Los entrepisos
pueden ser de losas armadas o entramados de
madera.
E Construcción con estructura soportante de
madera. Se incluyen en esta clase las
construcciones con estructura soportante de
madera rellena con adobe.
F Construcción con estructura soportante de
adobe, en la cual la fachada principal puede
ser de albañilería. Se considera también en
esta clase las construcciones con estructura
en base a tierra-cemento o materiales
livianos aglomerados con cemento.
G Construcción liviana con estructura
soportante metálica, generalmente de un piso.
K Construcción con estructura soportante de
placas o paneles monolíticos de hormigón
liviano, asbesto cemento u otros.
1.2 GALPONES
En general, poseen las siguientes características:
Son construcciones de un piso diseñadas para cubrir grandes luces.
Sus elementos estructurales son sus apoyos verticales y su estructura de techumbre.
Frecuentemente consisten en naves de plantas libres o con filas de apoyos.
Su estructura no compromete las estructuras de construciones interiores o subterráneas.
Su altura interior es generalmente superior a la de una construcción tradicional.
Los galpones se clasifican por el material preponderante de su estructura vertical y de techumbre:
Estructura Estructura
Código Vertical Techumbre
AA Acero Acero
BA Hormigón Acero
BB Hormigón Hormigón
BE Hormigón Madera
CA Albañilería Acero
CE Albañilería Madera
EE Madera Madera
FE Adobe Madera
MM Láminas Cubierta
autosoportantes autosoportante
1.3 SILOS Y ESTANQUES
Silo: construcción de volumen vertical fundada al terreno, destinada al almacenaje de materiales a granel, tales como trigo, harina, granos, áridos, etc. y cuya descarga se produce por gravedad o por medios mecánicos.
Estanque: construcción fundada al terreno para almacenaje de fluidos.
Silos y estanques se clasifican según el material de su estructura:
Código Tipo
SA Silo metálico
SB Silo de hormigón armado
EB Estanque de hormigón armado o albañilería
1.4 OBRAS COMPLEMENTARIAS
Son aquellos elementos que no están incorporados al edificio, porque integran su entorno predial.
Se tasan solamente las obras complementarias de calidad similar o superior a la siguiente descripción:
Código Tipo de Obra
P PAVIMENTOS: se consideran materiales de muy
buena calidad y de alto costo: piedra
labrada, adoquines de piedra, fulget, mármol,
cerámicas de alto costo o similares y
pavimentos aptos para soportar grandes
cargas fijas o móviles.
W PISCINAS: con instalaciones de filtros,
iluminación o similares.
2. CALIDAD DE LAS CONSTRUCCIONES
Calificación que permite distinguir entre construcciones pertenecientes a una misma clase.
Se define diferenciando la mayor o menor complejidad del DISEÑO y la ESTRUCTURA, y la categoría o nivel de las TERMINACIONES e INSTALACIONES.
2.1 CALIDAD DE LAS CONSTRUCCIONES
La calidad se califica en orden descendente con las denominaciones 1, 2, 3, 4 y 5.
Las construcciones se descomponen en partidas de diseño, estructura, terminaciones e instalaciones.
Para su calificación, se utilizan los siguientes instrumentos:
2.1.1 Cuestionario de atributos
2.1.2 Tabla de calidades por partidas
2.1.3 Definiciones
2.1.4 Matriz de combinaciones de calidades
parciales
2.1.1 CUESTIONARIO: Determina la cantidad de
atributos presentes en cada partida.
Diseño:
1. Exclusivo o único como respuesta a un programa
complejo de recintos o requerimientos
específicos del usuario, asociados a un alto
costo de construcción.
2. Juego de formas y volúmenes.
3. Primer nivel (nivel-acceso) en edificios de más
de 4 pisos: diferencias de niveles de piso por
motivos estéticos, que contribuyen a conformar
ambientes distintos.
4. Diferencias de niveles de piso por motivos
estéticos, que contribuyen a conformar
ambientes distintos.
5. Primer nivel (nivel-acceso) en edificios de más
de 4 pisos: distintas alturas de piso a cielo o
superior a lo normal, por motivos estéticos.
6. Distintas alturas de piso a cielo o superior a
lo normal por motivos estéticos (concepto de
"normal" según el uso o la época de la
construcción).
7. Bienes comunes (al menos dos), tales como: sala
de uso múltiple, sauna, gimnasio, biblioteca,
lavandería, etc.
8. Para cada propiedad: programa de recintos
superior a los requerimientos del destino
dominante (ejemplos: sala de uso múltiple,
biblioteca, sauna, bar, sala de música, más de
un estar u otros).
9. En edificios de más de 4 pisos: al menos una
terraza por departamento u oficina, que permita
desarrollar actividades en el exterior, tales
como: estar, comedor, recreación u otras.
10. Techumbres especiales, tales como: cúpulas,
bóvedas y similares o techumbres con pendientes
superiores a lo requerido para el clima.
11. En cualquier edificio acogido a la Ley de Venta
por Piso: una o dos unidades por piso
proyectadas para lograr privacidad. No se
considerarán casos que son producidos por
limitantes de la superficie de terreno y de las
normativas urbanas.
12. Accesos y circulaciones diferenciadas
(principal, de servicio, privada, etc.). No se
considerará este atributo cuando sea obligado
por el destino de la construcción (ejemplo:
clínicas, hospitales u otros).
13. Arquitectura monumental.
Estructura:
1. Monumentales o aquellas que en su ejecución
requieren de aplicación de tecnologías
especiales.
2. A nivel de planta: discontinuidad de ejes
estructurales.
3. Discontinuidad vertical de ejes estructurales.
4. Estructura calculada para cubrir luces
superiores a las fijadas por las normas. No se
considerará este atributo cuando sea obligado
para el destino del edificio.
5. Elementos sobredimensionados con fines
estéticos o decorativos.
6. Losas inclinadas. No se considerará este
atributo cuando sea obligado por el destino del
edificio.
Terminaciones:
1. Cubiertas: tejas de arcilla (colonial, romana u
otras de tipo similar); cubiertas cuya
instalación requiere de un costo adicional en
la estructura de techumbre (ejemplo: tejuelas,
emballetados de cobre o fierro), cubiertas en
base a pretratados (ejemplo: tejuelas
revestidas, fierro galvanizado prepintado);
losas impermeabilizadas; cubiertas de aluminio,
vidrio o cristal u otras de costo equivalente.
2. Cielos: maderas finas, aluminio, cielos
adaptados para instalaciones especiales,
acústicos, decorativos (ejemplo: yeso moldeado
en obra), similares.
3. Revestimientos exteriores: mármol, cerámicos de
alto costo, arcillas, piedra, fulget, metales,
cristales o espejos, muros cortina, maderas
finas, hormigones a la vista con textura
especiales, similares.
4. Revestimientos interiores en primer nivel-nivel
acceso en edificios de más de 4 pisos: mármol,
cerámicos de alto costo, cristales o espejos,
metales, maderas finas, telas, revestimientos
artísticos, piedras, similares.
5. Revestimientos interiores: mármol, cerámicos de
alto costo, cristales, espejos, maderas finas o
enchapadas finas; papeles especiales, vinílicos
o telas finas, similares.
6. Pavimentos en primer nivel-nivel acceso en
edificios de más de 4 pisos: mármol, piedra,
cerámicos de alto costo, fulget, maderas finas,
similares.
7. Pavimentos: mármol, piedra, cerámico de alto
costo, fulget, parquet, entablados de maderas
finas, pisos flotantes, alfombras de buena
calidad, similares.
8. Puertas en más de un vano: maderas finas,
labradas, de cristales, metálicas de alto
costo, similares.
9. Ventanas: aluminio anodizado de color, maderas
finas, ventanas incorporadas a la cubierta,
similares.
10. Vidrios: vidrios y cristales tratados,
vitrales, vitreas, similares.
11. Protecciones: persianas o postigos exteriores
especiales, rejas de fierro forjado, similares.
Instalaciones:
1. Ascensores: panorámicos, especiales o
computarizados, escaleras mecánicas
computarizadas, similares.
2. Aislación por sobre los requerimientos del
clima o del uso de la propiedad: aislantes o
atenuantes acústicos, solares o térmicos,
capaces de mantener óptimas condiciones de
temperatura o aislación.
3. Calefacción por sobre los requerimientos del
destino: central (por losa, piso, muro
radiante, chimeneas hechas en obra, (más de
una), similares.
4. Climatización por sobre los requerimientos del
destino: redes de ventilación forzada de aire
frío o caliente, similares.
5. Sistema de seguridad y vigilancia: red de
alarma embutida, vigilancia por circuito
cerrado de T.V. o similares.
6. Sistema de seguridad contra incendio por sobre
los requerimientos de las normas: puerta
cortafuego y sistemas de presurización de alta
calidad y alto costo, redes de detectores de
humo, redes de luces de emergencia u otros
similares.
7. Sistemas adicionales de captación o generación
de energía que no tengan por finalidad la
solución de emergencias.
8. A lo menos 4 redes eléctricas de baja tensión
embutidas, tales como: redes de computación,
T.V., radio, teléfonos, citófonos, TV. cable u
otras.
9. Edificios con funcionamiento de sistemas con
apoyo de computadores.
10. Artefactos sanitarios: importados y grifería de
alto costo (a lo menos en dos recintos de
baño); muebles vanitorios con cubierta y/o
recipiente de mármol, cobre o material de costo
similar, tinas de hidromasajes, similares.
11. Helipuertos.
Los atributos 2, 3, 4, 5, 7 y 11 no serán considerados cuando su existencia sea condición obligada por el destino o uso del edificio.
2.1.2. TABLA DE CALIDADES POR PARTIDAS: determina la calidad de cada partida según la cantidad de atributos:
_______________________________________________________
| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.051 DEL DIA MARTES |
| 27 DE DICIEMBRE DE 1994, PAGINA 4. |
|_____________________________________________________|
2.1.3 USO DE DEFINICIONES: Para calificar las partidas que presenten cero atributo, se debe recurrir a las definiciones para las calidades 4 y 5 que se registran más adelante. La concordancia con ellas determina la calidad de la partida.
De no existir concordancia, la calidad de la partida es 3.
Cuando las partidas de diseño y estructuras presentan ambas cero atributo, se deben analizar en forma conjunta en base a las definiciones de las calidades 4 y 5.
La concordancia con estas calidades determina la calidad global de la construcción.
Si por sus características, la construcción no concuerda con las definiciones de las calidades 4 ó 5, la calidad de las partidas de diseño y estructura es 3.
DEFINICION CALIDAD 4:
Se asigna esta calidad a las edificaciones construidas por la ex CORVI del MINVU o construcciones similares.
Diseño:
Recintos de dimensiones mínimas aceptables, pudiendo algunos presentar deficiencias de asoleamiento o ventilación, o deficiencias de funcionalidad. Cuentan con un programa mínimo de recintos para su destino.
Estructura:
Poseen una estructura económica, con elementos estructurales de dimensiones mínimas de acuerdo a las normas. Pueden existir algunos defectos de construcción menores.
Terminaciones:
Sus terminaciones, pudiendo faltar algunas, son de tipo económico, tales como: Cubiertas: planchas onduladas de asbesto cemento o fierro galvanizado, similares. Revestimientos exteriores: de baja calidad o costo y/o defectuosa colocación, o carencia de ellos.
Revestimientos interiores: estucos sin afinar, maderas de calidad deficiente, ausencia de revestimientos para algún recinto. En general, revestimientos en el rango de costos más bajos o económicos del mercado.
Pavimentos: radier afinado, vinílicos económicos, entablados de pino, similares.
Puertas: algunos recintos pueden carecer de puertas.
Instalaciones:
Sus instalaciones esenciales son completas (alcantarillado, agua potable, electricidad), en la cantidad y calidad mínima necesaria. Algunas redes pueden ser a la vista. Artefactos sanitarios económicos, pudiendo carecer de alguno de ellos.
DEFINICION CALIDAD 5:
Se incluyen en esta calidad las "viviendas básicas" y casetas sanitarias, construidas para los SERVIU y soluciones habitacionales similares.
Diseño:
También se asigna esta calidad a construcciones con errores de diseño y distribución, que cuentan con recintos de dimensiones inadecuadas o desproporcionadas.
Pueden presentar falta o mala calidad de asoleamiento y ventilación en más de un recinto.
Estructura:
Pueden presentar defectos estructurales y/o de edificación, con elementos de dimensiones inferiores a las establecidas en las normas, o utilizar materiales heterogéneos o de desechos.
Terminaciones:
Mínimas, de mala calidad y/o defectuosa colocación o con materiales heterogéneos o de desechos.
Instalaciones:
Mínimas, de mala calidad y/o defectuosa colocación o con materiales de desechos. Puede carecer de más de un servicio básico.
2.1.4 MATRIZ DE COMBINACIONES DE CALIDADES PARCIALES: la calidad final de la construcción es producto de la combinación de las calidades parciales de las partidas, según la siguiente matriz:
_______________________________________________________
| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.051 DEL DIA MARTES |
| 27 DE DICIEMBRE DE 1994, PAGINA 4. |
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2.2 CALIDAD DE LOS GALPONES
La calidad se califica en orden descendente con las denominaciones 1, 2 y 3.
CALIDAD 1:
Construcción que presenta diseño especial para proporcionar buenos niveles de habitabilidad de acuerdo al uso, o para fines estéticos, utilizando tragaluces, parasoles, ductos de ventilación o similares. Poseen cierros perimetrales.
Su estructura es compleja (placas esterométricas, cerchas pretensadas o similares), de dimensiones amplias y/o reforzadas para soportar el emplazamiento de grúas móviles, tecles o similares.
También se asigna esta calidad a galpones con diseño y estructura corriente, que poseen terminaciones e instalaciones especiales, contando al menos con cuatro de los atributos que a continuación se detallan:
a) Cierros perimetrales y/o divisiones interiores de buena calidad: albañilería de ladrillo estucada o cantería a la vista, paneles con revestimientos metálicos, cerámicos y otros especiales.
b) Pavimentos calculados para soportar grandes cargas fijas o móviles (almacenamiento, vehículos, maquinaria pesada o vibratoria, etc.). Pavimentos con formas especiales (canaletas, pozos, andenes, desniveles u otros). Pavimentos con revestimientos plásticos, cerámicos, cauchos, planchas metálicas, antideslizantes, similares. Pisos flotantes o especiales.
c) Cielos falsos adaptados para instalaciones especiales.
d) Aire acondicionado, redes de ventilación forzada, calefacción o similares.
e) Aislación térmica y/o acústica.
f) Sistemas de seguridad tales como: red de alarma, circuito cerrado de TV, red de iluminación de emergencia, contra incendios (por sobre las normas).
g) Alto grado de iluminación artificial.
h) Redes de agua y alcantarillado distribuidas dentro del galpón.
i) Equipamiento adicional, tal como: red de aire comprimido, sistemas adicionales de captación y generación de energía (ejemplo: equipo electrógeno), similares.
j) Sistema de a lo menos 4 redes eléctricas de baja tensión (redes de computación, teléfonos y citófonos, altavoces, música ambiental, similares).
Ejemplos de esta calidad, son los galpones utilizados por grandes cadenas de supermercados.
CALIDAD 2:
Estos galpones presentan cierros perimetrales al menos por 3 lados, pudiendo existir divisiones interiores. Poseen terminaciones e instalaciones económicas, como por ejemplo:
a) Cierros de albañilería de ladrillos sin estucar, madera, asbesto cemento, planchas de fierro galvanizado o similares.
b) Pavimentos para tránsito normal de personas o maquinaria liviana: radieres corrientes, baldosas de cemento, etc.
c) Redes de alcantarillado y agua potable.
También se consideran en esta calidad aquellos galpones que no cumplen con la cantidad de atributos mínimos exigidos para la calidad 1.
CALIDAD 3:
Se califican con esta calidad los galpones sin cierros perimetrales ni divisiones interiores.
No poseen terminaciones o éstas son mínimas.
Instalaciones mínimas.
En esta calidad, de existir pavimentos, éstos se tasan en forma separada.
Cuando la superficie de un galpón no esté claramente definida por su estructura vertical, ésta se calculará por la proyección de la superficie de cubierta en el plano horizontal.
Cuando la estructura vertical de un galpón está conformada por la estructura de los medianeros, éstos deben considerarse como cierros perimetrales del galpón.
2.3 CALIDAD DE LAS OBRAS COMPLEMENTARIAS
Pavimentos y piscinas se califican en dos categorías, de acuerdo a su estado de conservación:
Codigo Estado de Conservación
1 Bueno
2 Regular
II. TABLAS DE PRECIOS UNITARIOS DE CONSTRUCCIONES
(en pesos del 01.07.94)
1.- PRECIOS DE CONSTRUCCIONES
_______________________________________________________
| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.051 DEL DIA MARTES |
| 27 DE DICIEMBRE DE 1994, PAGINA 5. |
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III. TABLAS DE CORRECCION DE PRECIOS UNITARIOS DE
CONSTRUCCION
1. CLASIFICACION COMUNAL PARA LA APLICACION DE LAS
TABLAS DE VALORES DE CONSTRUCCION
I Región de Tarapacá Grupo
Arica 3
Iquique 3
Resto de la Región 5
II Región de Antofagasta
Antofagasta 3
Calama 4
Tocopilla 4
Resto de la Región 5
III Región de Atacama
Copiapó 3
Chañaral 4
Vallenar 4
Resto de la Región 5
IV Región de Coquimbo
La Serena 3
Coquimbo 4
Ovalle 4
Resto de la Región 5
V Región de Valparaíso
Valparaíso 2
Viña del Mar 2
Quilpué 3
Villa Alemana 3
Algarrobo 3
Santo Domingo 3
Zapallar 3
Papudo 4
Quintero 4
San Antonio 4
Cartagena 4
El Tabo 4
El Quisco 4
Quillota 4
La Calera 4
Limache 4
San Felipe 4
Los Andes 4
Resto de la Región 5
VI Región del Libertador Bernardo O'Higgins
Rancagua 3
Rengo 4
San Fernando 4
Santa Cruz 4
Resto de la Región 5
VII Región del Maule
Talca 3
Curicó 3
Vichuquén 4
Constitución 4
Linares 4
Parral 4
San Javier 4
Cauquenes 4
Resto de la Región 5
VIII Región del Bío-Bío
Concepción 2
Talcahuano 3
Chillán 3
Los Angeles 4
San Carlos 4
Penco 4
Tomé 4
Coronel 4
Lota 4
Resto de la Región 5
IX Región de la Araucanía
Temuco 3
Angol 4
Victoria 4
Lautaro 4
Villarrica 4
Pucón 4
Resto de la Región 5
X Región de Los Lagos
Valdivia 3
Osorno 3
Puerto Montt 3
La Unión 4
Puerto Varas 4
Castro 4
Ancud 4
Resto de la Región 5
XI Región de Aysén
Coyhaique 4
Resto de la Región 5
XII Región de Magallanes
Punta Arenas 3
Natales 4
Resto de la Región 5
Región Metropolitana de Santiago
Santiago Centro 1
Las Condes 1
Providencia 1
Vitacura 1
Lo Barnechea 1
La Reina 2
Ñuñoa 2
Santiago Oeste 3
Santiago Sur 3
Recoleta 3
Independencia 3
La Florida 3
Maipú 3
Cerrillos 3
La Cisterna 3
San Miguel 3
Macul 3
Peñalolén 3
San Bernardo 3
El Bosque 3
Estación Central 3
San Joaquín 3
Puente Alto 4
La Granja 4
San Ramón 4
La Pintana 4
Pedro Aguirre Cerda 4
Lo Espejo 4
Pirque 4
San José de Maipo 4
Calera de Tango 4
Buin 4
Quinta Normal 4
Pudahuel 4
Renca 4
Quilicura 4
Conchalí 4
Lo Prado 4
Cerro Navia 4
Huechuraba 4
Talagante 4
El Monte 4
Peñaflor 4
Melipilla 4
Resto de la Región 5
2. FACTORES SEGUN GRUPOS DE COMUNAS
A los precios unitarios de las construcciones se aplicará un factor de corrección correspondiente al grupo comunal, de acuerdo a la siguiente Tabla:
_______________________________________________________
| Comunas Factor Comunas Factor |
|_____________________________________________________|
| GRUPO 1 1.00 GRUPO 4 0.70 |
| GRUPO 2 0.90 GRUPO 5 0.60 |
| GRUPO 3 0.80 |
|_____________________________________________________|
3. DEPRECIACION POR EDAD DE LA CONSTRUCCION
Los valores unitarios de construcción -excepto obras complementarias- se castigarán según la edad de la edificación, en los porcentajes anuales que se indican en la Tabla siguiente. En ningún caso el castigo de los valores unitarios podrá superar el porcentaje máximo de depreciación señalado en la misma Tabla.
_______________________________________________________
|Clase de | | | | | | | |
|Construcción| A | B | C | E | F | G | K |
|____________|_____|_____|_____|_____|_____|_____|____|
|% Anual de | | | | | | | |
|Depreciación|1,00 |0,80 |1,10 |1,50 |2,00 |1,00 |1,10|
|____________|_____|_____|_____|_____|_____|_____|____|
|% Máximo de | | | |
|Depreciación| 70 | 80 | 70 |
|____________|_________________|___________|__________|
Esta Tabla también es de aplicación para galpones, silos y estanques:
En galpones la depreciación se determinará en base al material de su estructura vertical.
En silos y estanques, según su material constructivo.
4. CONDICIONES ESPECIALES DE LA CONSTRUCCION
Se distinguen las siguientes condiciones especiales:
a) En construcciones:
MANSARDA O BUHARDILLA: recinto habilitado en el entretecho, con ventilación e iluminación natural. Hacia el exterior carece de muros laterales verticales.
No se considera mansarda ni buhardilla el último piso de edificios en que los muros son inclinados, como consecuencia de la aplicación de rasantes.
La superficie a considerar se calcula en base al área interior utilizable, generalmente delimitada por tabiques perimetrales.
PISO ZOCALO: recinto cuyo piso se encuentra bajo el nivel de terreno, al menos en un 50% de la superficie de sus muros. Estos, además, cumplen la función de contención del terreno. Posee iluminación natural
SUBTERRANEO: recinto cuyo piso se encuentra bajo el nivel de terreno, al menos en un 50% de la superficie de sus muros. Estos, además, cumplen la función de contención del terreno. No posee iluminación natural.
CONSTRUCCION ABIERTA: recinto cubierto y abierto por uno o más lados, tales como corredores, porches, loggias, terrazas cubiertas y similares.
Para la clasificación de la construcción abierta se debe considerar el material estructural predominante en ésta. Para la calificación, se debe asignar la calidad de la construcción mayor.
En relación a la superficie de estos espacios, ésta se calcula sin considerar la proyección de aleros.
b) En construcciones y galpones:
CONSTRUCCION INTERIOR: construcción secundaria edificada en el interior de otra construcción mayor. La construcción interior es independiente de los elementos estructurales de la construcción mayor o simplemente se apoya en ésta. Ejemplo: construcciones ubicadas en el interior de un galpón, galería comercial, etc.
ALTILLO: construcción levantada al interior de una edificación mayor, en donde se aprovecha la altura de ésta con el objeto de lograr un 2° nivel. Consiste en una plataforma o estructura de piso, generalmente apoyada en la estructura principal.
Para su tasación, los altillos se asimilan a la clase y calidad de la construcción mayor. Su superficie será calculada en base a la proyección de ésta en el plano horizontal.
FACTORES DE CORRECCION PARA CONDICIONES ESPECIALES:
_______________________________________________________
| Código Definición Factor |
|_____________________________________________________|
| MS Mansarda o buhardilla 0.60 |
| PZ Piso zócalo 0.60 |
| SB Subterráneo 0.50 |
| CA Construcción abierta 0.50 |
| CI Construcción interior 0.70 |
| AL Altillo 0.50 |
|_____________________________________________________|
4. CORRECCION POR LOCALIZACION EN SECTORES
COMERCIALES
Para determinar el avalúo de los locales comerciales y oficinas ubicados en los sectores comerciales importantes de las comunas que se señalan más adelante, se considerará, además un recargo por localización que flucturará entre un 50% y un 600%, aplicable al valor unitario de las construcciones, según los coeficientes establecidos en los planos comunales confeccionados por el Servicio de Impuestos Internos, corregidos por los siguientes factores, de acuerdo a los criterios que se indican.
Comunas: Antofagasta, Viña del Mar, Valparaíso, Las Condes, Providencia, Santiago, Recoleta, Rancagua, Curicó, Talca, Chillán, Concepción, Temuco, Valdivia, Osorno y Puerto Montt.
_______________________________________________________
| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.051 DEL DIA MARTES |
| 27 DE DICIEMBRE DE 1994, PAGINA 6. |
|_____________________________________________________|
a) Se corrige atendiendo a la ubicación relativa de los diferentes locales:
- locales bien ubicados : 1,00
- locales regularmente ubicados : 0,70
- locales mal ubicados : 0,50
b) En edificios caracol, se aplica solamente a locales con frente a la calle.
c) Cuando el coeficiente establecido en el plano comunal, corregido por los factores señalados, resulte inferior a 1,50, no se aplicará.
IV. BIENES COMUNES
En los inmuebles colectivos acogidos a la Ley de Propiedad Horizontal, el Servicio de Impuestos Internos considerará en el avalúo de cada departamento, oficina, local, etc. la cuota del avalúo de los bienes comunes que le corresponda.
Esta cuota se determinará en proporción al avalúo de cada unidad vendible del conjunto, según la resolución municipal que acoge al condominio a la Ley de propiedad horizontal.