Artículo 3° Las siguientes instituciones se relacionan con el Ejecutivo por intermedio del Ministerio del Trabajo y de Previsión Social:
a) Las Cajas de Previsión, excluída la de Defensa Nacional;
b) El Servicio de Seguro Social;
c) La Caja de Accidentes del Trabajo;
d) El Departamento de Indemnización a Obreros Molineros y Panificadores;
e) DEROGADA.DL 490 1974
ART 2°
DFL 34 Hda
1959 ART 1°
ART 2°
DFL 34 Hda
1959 ART 1°
f) DEROGADA.
Los Consejos de los organismos que se relacionan con el Ejecutivo por intermedio del Ministerio del TrabajoDL 490 1974
ART 2° y Previsión Social, serán presididos por este Secretario de Estado.
ART 2° y Previsión Social, serán presididos por este Secretario de Estado.