SUPRIME CARGOS EN LA PLANTA DE LA SOCIEDAD CONSTRUCTORA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DFL. N° 26.- Santiago, 22 de Mayo de 1981.- Vistos: La facultad concedida en el Art. 35 del decreto ley N° 3.551 de 1981, y lo dispuesto en el N° 1 del Art.10 del decreto ley N° 527, de 1974,
vengo en dictar el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- Suprímense de la Planta de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, los cargos que a continuación se señalan, servidos por los funcionarios que se indica:
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Nombre Cargo Nivel Gr.
EUS.
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Joannon Infante, Luis Jefe I 5°
Departamento
Ingeniero Asesor
Maggi Valenzuela, Hernán Jefe I 5°
Departamento
Cerda Cornejo, Ignacio Jefe II 6°
Sub-Departamento
Yáñez Araneda, César Jefe Zonal II 6°
Franco Amaro, María Abogado I 6°
Leiva Lizana, Margarita Técnico II 16°
Universitario
Pérez Santos, Ricardo Técnico II 16°
Universitario
Vacante Técnico II 18°
Universitario
Moreso Catalán, Juan Técnico
Universitario III 20°
Vacante Auxiliar I 27°
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Artículo 2°.- El personal cuyos cargos se suprime en el artículo precedente que no cumpla con los requisitos para acogerse a jubilación tendrá derecho a la indemnización a que se refiere la letra e) del artículo 29 del D.L 2.879 de 1979.
Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Alfredo Prieto Bafalluy, Ministro de Educación Pública.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Manuel J. Errázuriz Rozas, Subsecretario de Educación Pública.