ARTICULO 8°- Los Departamentos son las unidades académicas responsables de proyectar, organizar y realizar íntegramente la docencia, la investigación científica y tecnológica, la creación artística y la extensión en el conjunto de disciplinas afines o que se hayan situado en la esfera de su responsabilidad.
Los académicos que trabajen en dichas disciplinas pertenecerán a la Academia, y estarán adscritos al departamento correspondiente.
Un reglamento, dictado por el Rector determinará los Departamentos que existirán en la Academia y regulará su funcionamiento.