FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA EL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR-ORIENTE
Santiago, 26 de Junio de 1995.- Hoy se decretó lo que sigue:
D.F.L. Núm. 27.- Teniendo presente que es necesario fijar un texto refundido de las plantas de personal del Ministerio de Salud y de sus Organismos Dependientes, que incluya las modificaciones que experimentaron por la aplicación de las Leyes N°s. 18.827, 19.086 y 19.308, de los Decretos con Fuerza de Ley N°s. 01 al 31, de 1992 y N° 01 de 1995, todos del Ministerio de Salud, y otros textos legales sobre esta materia, y
Vistos: Lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República y las facultades que me confiere el artículo 8° de la Ley N° 19.308, dicto el siguiente Decreto con fuerza de ley:
NOTA
El Decreto con Fuerza de Ley 30 publicado el 30.11.2017, fija la planta de Personal del Servicio de Salud Metropolitano Sur-Oriente, en su artículo 3 dispone que la planta de cargos afectos a la ley 15.076 y la planta profesional de horas de la ley 19.664, ambas pertenecientes a la planta de profesionales funcionarios, continuarán rigiéndose por lo dispuesto en la presente norma.
El Decreto con Fuerza de Ley 30 publicado el 30.11.2017, fija la planta de Personal del Servicio de Salud Metropolitano Sur-Oriente, en su artículo 3 dispone que la planta de cargos afectos a la ley 15.076 y la planta profesional de horas de la ley 19.664, ambas pertenecientes a la planta de profesionales funcionarios, continuarán rigiéndose por lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 1°.- Fíjase la siguiente planta de personal para el Servicio de Salud Metropolitano Sur-Oriente
A) PLANTA DE DIRECTIVOS
Cargo Gr. N°
E.U. Cargos
Director Servicio Salud 2 1
Subdirector Administrativo Servicio
Salud 3 1
Jefe Departamento Auditoría 4 1
Jefe Departamento Jurídico 4 1
Subdirector Administrativo de Hospital 4 1
Jefe Departamento Informática 5 1
Jefe Departamento Recursos Físicos 5 1
Jefe Departamento Recursos Humanos 5 1
Jefe Departamento Finanzas 5 1
Jefatura Paramédica 7 3
Jefe Servicio Orientación Médica y
Estadística 8 1
Jefe Sección Registro Personal y
Bienestar 8 2
Supervisor Paramédico 8 1
Jefe Sección Esterilización 9 1
Supervisor Paramédico 9 5
Subdirector Administrativo de Hospital 10 1
Jefe Sección Alimentación 10 1
Coordinador Administrativo 10 1
Supervisor Paramédico 10 2
Jefe Sección Contabilidad y Presupuesto 11 1
Jefe Sección Servicios Generales 11 1
Jefe Sección Abastecimiento 11 1
Jefe Servicio Orientación Médica y
Estadística 12 1
Jefe Sección Mantención 13 1
Jefe Sección Registro Personal y
Bienestar 13 1
Jefe Sección Contabilidad y Presupuesto 13 1
Jefe Oficina Admisión 13 1
Jefe Oficina Recaudación 13 1
Jefe Oficina Inventarios 13 1
Jefe Oficina Tesorería 13 1
Jefe Oficina Movilización 13 1
Jefe Oficina Lavandería 13 1
Jefe Sección Sueldos 13 1
Jefe Oficina Admisión y Estadística 13 1
Jefe Sección Registro Personal y
Bienestar 16 1
Jefe Oficina Secretaría y Oficina de
Partes 16 1
Jefe Sección Servicios Generales 17 1
Cargos que se podrán remunerar y desempeñarDFL 28, SALUD
ART. UNICO, N°1
D.O. 17.07.2000
ART. UNICO, N°1
D.O. 17.07.2000
indistintamente bajo el régimen del decreto ley Nº249, de
1973, o de las leyes Nºs 15.076 y 19.664.
Cargo Gr. Horas N°
E.U. Sema- Cargos
nales
Subdirector Médico Servicio Salud 3 33 1
Director de Hospital 3 33 1
Subdirector Médico de Hospital 4 33 1
Jefe Departamento Programa de las
Personas 5 33 1
Jefe Departamento Medicina Preventiva e
Invalidez 5 33 1
Director de Hospital 6 33 1
Director de Atención Primaria 6 33 1
Jefe Servicio Clínico 8 33 9Ley 21050
Art. 30 c)
D.O. 07.12.2017
Art. 30 c)
D.O. 07.12.2017
Jefe Unidad de Apoyo 8 33 9
Jefe Sección Farmacia 9 44 1
Total cargos Planta Directivos: 73
B) PLANTA DE PROFESIONALES
Cargo Gr. N°
E.U. Cargos
Profesionales 5 1
Profesionales 8 1
Profesionales 9 1
Profesionales 10 10
Profesionales 11 13
Profesionales 12 23
Profesionales 13 40
Profesionales 14 39
Profesionales 15 48
Profesionales 16 47
Profesionales 17 55
Profesionales 18 1
Total cargos Planta Profesionales 279
C) PLANTA DE TECNICOS
Cargo Gr. N°
E.U. Cargos
Técnicos 10 1
Técnicos 12 1
Técnicos 16 20
Técnicos 17 27
Técnicos 18 29
Técnicos 19 33
Técnicos 20 35
Técnicos 21 74
Técnicos 22 209
Técnicos 23 14
Técnicos 24 145
Total cargos Planta Técnicos 588
D) PLANTA DE ADMINISTRATIVOS
Cargo Gr. N°
E.U. Cargos
Administrativos 14 6
Administrativos 15 5
Administrativos 16 5
Administrativos 17 8
Administrativos 18 10
Administrativos 19 12
Administrativos 20 16
Administrativos 21 19
Administrativos 22 11
Administrativos 23 11
Administrativos 24 12
Administrativos 25 37
Total cargos Planta Administrativos 152
E) PLANTA DE AUXILIARES
Cargo Gr. N°
E.U. Cargos
Auxiliares 19 7
Auxiliares 20 13
Auxiliares 21 26
Auxiliares 22 30
Auxiliares 23 33
Auxiliares 24 43
Auxiliares 25 50
Auxiliares 26 56
Auxiliares 27 97
Auxiliares 28 2
Total cargos Planta Auxiliares 357
F) PLANTA DE PROFESIONALES FUNCIONARIOSDFL 28, SALUD
ART. UNICO, N°2
D.O. 17.07.2000
ART. UNICO, N°2
D.O. 17.07.2000
a. Planta de cargos afectos a la ley Nº15.076
Horas Nº
Semanales Cargos
MEDICOS CIRUJANOS 28 69
CIRUJANOS DENTISTAS 28 6
b. Planta Profesional de Horas ley Nº19.664
Horas
Semanales
PROFESIONALES FUNCIONARIOS 5.555
NOTA:
El Art. único del DFL 28, Salud, publicado el 17.07.2000 establece que la presente modificación regirá a partir del 01 de agosto del 2000.
El Art. único del DFL 28, Salud, publicado el 17.07.2000 establece que la presente modificación regirá a partir del 01 de agosto del 2000.
NOTA 1
El artículo único del Decreto con Fuerza de Ley 19, Salud, publicado el 30.05.2009, incrementa en 22 cargos de Médicos Cirujanos, la planta de cargos afectos a la ley Nº 15.076 del Servicio de Salud Metropolitano Sur-Oriente, fijada en la presente norma.
El artículo único del Decreto con Fuerza de Ley 19, Salud, publicado el 30.05.2009, incrementa en 22 cargos de Médicos Cirujanos, la planta de cargos afectos a la ley Nº 15.076 del Servicio de Salud Metropolitano Sur-Oriente, fijada en la presente norma.
NOTA 2
El artículo 1° del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, Salud, publicado el 28.08.2019, modifican la presente norma en el sentido de crear un total de 785 cargos, de acuerdo a la distribución que la citada norma indica.
El artículo 1° del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, Salud, publicado el 28.08.2019, modifican la presente norma en el sentido de crear un total de 785 cargos, de acuerdo a la distribución que la citada norma indica.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Carlos Massad A., Ministro de Salud.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Dr. Alfredo Avendaño Bertolo, Subsecretario de Salud (S).