ADECUA PLANTA Y ESCALAFONES DE LA FISCALIA DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO
DFL. Núm. 28.- Santiago, 19 de Febrero de 1990.- Vistos: Las facultades que me confieren los artículos 1° y 2° transitorios de la Ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo,
dicto el siguiente Decreto con fuerza de ley
Artículo único.- Adecuanse las plantas y escalafones del personal de la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala:
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SITUACION ACTUAL
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NIVEL GRADO N° CARGOS
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FISCAL IV 3° 1
DIRECTIVOS
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Jefes Departamentos I 5° 4
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4
Jefatura B. I 11° 1
___
1
ABOGADOS
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Abogados I 6° 2
Abogados I 7° 12
Abogados II 9° 2
Abogados II 11° 3
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19
OFICIALES ADMINISTRATIVOS
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Of. Administrativos I 14° 3
Of. Administrativos I 15° 3
Of. Administrativos II 16° 1
Of. Administrativos II 17° 2
Of. Administrativos II 18° 1
Of. Administrativos II 19° 1
Of. Administrativos III 20° 3
Of. Administrativos III 21° 2
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16
AUXILIARES
----------
Mayordomo I 19° 1
Chofer I 20° 1
Auxiliar I 21° 2
Auxiliar I 22° 1
___
5
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ADECUACION SEGUN ARTICULO 5° LEY N° 18.834.
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PLANTA/CARGOS GRADO N° CARGOS
______________________________________________________
FISCAL 3° 1
DIRECTIVOS
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Jefes Departamentos 5° 4
___
4
Jefe de Unidad 11° 1
___
1
Profesionales 6° 2
Profesionales 7° 12
Profesionales 9° 2
Profesionales 11° 3
____
19
ADMINISTRATIVOS
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Administrativos 14° 3
Administrativos 15° 3
Administrativos 16° 1
Administrativos 17° 2
Administrativos 18° 1
Administrativos 19° 1
Administrativos 20° 3
Administrativos 21° 2
____
16
AUXILIARES
----------
Auxiliar 19 1
Auxiliar 20 1
Auxiliar 21 2
Auxiliar 22 1
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5
Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican:
A) PLANTA DE PROFESIONALES:
Profesionales Grado 6° al 9° EUS.:
Título de abogado y experiencia laboral como profesional, de a lo menos tres años en los sectores publico o privado.
Profesionales Grado 11° EUS.:
Dos cargos requerirán el título de abogado.
Un cargo requerirá el título de bibliotecario y experiencia de cinco años en los sectores público o privado.
B) PLANTA DE ADMINISTRATIVOS:
Administrativos Grados 14° al 19° EUS.:
Licencia de Educación Media o su equivalente y dos años de experiencia laboral en sectores público o privado.
Administrativos Grados 20° al 21° EUS.:
Licencia de Educación Media o su equivalente.
C) PLANTA DE AUXILIARES
Auxiliar grado 19° EUS.:
Haber aprobado Educación Básica y experiencia de a lo menos tres años, y estar en posesión de la Licencia de Conducir cuando corresponda.
Auxiliar Grado 20° EUS.:
Haber aprobado Educación Básica y experiencia de a lo menos un año, y estar en posesión de la Licencia de Conducir cuando corresponda.
Auxiliar Grado 21° EUS.:
Haber aprobado Educación Básica y experiencia de a lo menos seis meses, y estar en posesión de la Licencia de Conducir cuando corresponda.
Auxiliar Grado 22° EUS.:
Haber aprobado Educación Básica, y estar en posesión de la Licencia de Conducir cuando corresponda.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Hernán Abad Cid, Brigadier General, Ministro de Obras Públicas.- Martín Costabal Llona, Ministro de Hacienda.- Carlos F. Cáceres Contreras, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Juan Enrique Miquel Muñoz, Subsecretario de Obras Públicas.
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica División de Toma de Razón y Registro Cursa con alcance DFL. N° 28, de 1990, del Ministerio de Obras Públicas
N° 12.498.- Santiago, 26 de Abril de 1990.
Mediante el decreto con fuerza de ley del epígrafe, documento que ha sido dictado por el Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorga el artículo 1° transitorio de la ley N° 18.834, se adecúan la planta y escalafones de la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas a las plantas establecidas en el artículo 5° permanente de la ley citada.
Esta Contraloría General ha tomado razón de dicho cuerpo legal, pero cumple con hacer presente que el texto en estudio debe entenderse complementado con las normas sobre transformaciones de cargos previstas en el artículo 36 de la ley N° 18.827, que sustituyó la planta de ese Servicio.
Cabe manifestar, además, que se ha omitido la denominación de la planta correspondiente a los profesionales.
Dios guarde a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República.
Al señor Ministro de Obras Públicas Presente