SUSTITUYE ESCALAFONES QUE INDICA EN LA PLANTA DE PERSONAL QUE SEÑALA
D.F.L. N° 32.- Santiago, 24 de Junio de 1981.- Vistos: lo establecido en el N° 3 del artículo 32 de la Constitución Política del Estado, la facultad que me otorga el inicio segundo del artículo 34 del decreto ley N° 3551 de 1981, modificado por el artículo 15 del decreto ley número 3650, de 1981, los siguientes incisos agregados a dicho artículo por el decreto ley número 3628, del mismo año, y
Teniendo presente, las modificaciones introducidas por el DFL. N° 11/3551, de 1981, al DFL. N° 90 de Hacienda, de 1977 y lo dispuesto en el decreto supremo de Hacienda N°90 de 3 de Febrero de 1981,
dicto el siguiente:
Decreto con Fuerza de ley:
Artículo 1°.- Sustitúyente, a contar del 1° de Enero de 1981, en la planta de Personal del Instituto Antártico Chileno del Ministerio de Relaciones Exteriores, fijada en el DFL. (RR.EE.) N° 62 de 15 de Enero de 1979, dictado en uso de las facultades otorgadas por el decreto ley N° 2101, de 1978, los escalafones de Jefaturas b y C, Contadores Oficiales Administrativos, Mayordomos y Auxiliares, por los siguientes:
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JEFATURAS B (5)
Gr. 13° E.U.S. Nivel II (5)
CONTADORES (2)
Gr. 12° E.U.S. Nivel I (1)
Gr. 18° E.U.S. Nivel III (1)
OFICIALES ADMINISTRATIVOS (7)
Gr. 16° E.U.S. Nivel II (1)
Gr. 17° E.U.S. Nivel II (1)
Gr. 18° E.U.S. Nivel II (1)
Gr. 19° E.U.S. Nivel II (1)
Gr 20° E.U.S. Nivel III (1)
Gr. 21° E.U.S. Nivel III (1)
Gr. 23° E.U.S. Nivel III (1)
MAYORDOMOS (1)
Gr. 19° E.U.S. Nivel I (1)
AUXILIARES (5)
Gr. 22° E.U.S. Nivel I (1)
Gr. 23° E.U.S. Nivel II (1)
Gr. 24° E.U.S. Nivel II (1)
Gr. 25° E.U.S. Nivel II (1)
Gr. 27° E.U.S. Nivel II (1)
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Artículo 2°- Los cargos de Jefe Secretaría Científica grado 15° E.U.S. (1); Jefes de Sección grado 17° E.U.S. (2) y Jefe Oficina Secretaría grado 17° E.U.S. (1), correspondientes a Jefaturas C, se han fusionado en Jefaturas B grado 13 E.U.S.
Artículo 3°.- El encasillamiento del personal se hará en forma discrecional por el Ministro de Relaciones Exteriores, sin sujeción al escalafón vigente del Servicio, ni a los requisitos exigidos por el DFL. de Hacienda N° 90, de 1977 y sus modificaciones posteriores.
Articúlo 4°.- Cárguese el mayor gasto que signifique la aplicación de este decreto con fuerza de ley al Presupuesto vigente:
06-10-00-21
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- René Rojas Galdames, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.