Artículo 5.o La Calificación de las películas cinematográficas por el Consejo se ajustará a las siguientes categorías:
    PRIMERA CATEGORIA: Aprobada para mayores y menores;
    SEGUNDA CATEGORIA: Aprobada sólo para mayores de 14 años;
    TERCERA CATEGORIA: Aprobada sólo para mayores de 18 años;
    CUARTA CATEGORIA: Aprobada con carácter educativo, pudiendo el Consejo agregar, si lo estima conveniente, "Sólo para mayores de 14 años".
    QUINTA CATEGORIA: Rechazada.