SUPRIME CARGO QUE INDICA DE LA DIRECCION DE EDUCACION PROFESIONAL
    D.F.L. N° 45.- Santiago, 4 de Noviembre de 1981.
    Vistos: La facultad que me confiere el Artículo 35° del Decreto Ley N° 3551 de 1980,
    vengo en dictar el siguiente, Decreto con fuerza de ley:

    1.- Suprímese de Planta Directiva, Profesional y Técnica de la Dirección de Educación Profesional del Ministerio de Educación Pública, a contar del primer día del mes siguiente a la fecha de notificación de la total tramitación del presente decreto con Fuerza de Ley, el cargo que a continuación se indica, servido por la funcionaria que se señala.
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NOMBRE              CARGO          NIVEL    GRADO
                                                EUS
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Gil Alduante Silvia
Eduvigis,
Rut N° 4.338.942-4,
destacada en el
Liceo Comercial
A N° 30 Santiago.  Jefatura C        II      16
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    2.- La persona cuyo cargo se suprime de acuerdo con el punto N° 1 del presente decreto, tendrá derecho a gozar de la indemnización a que se refiere la letra e) del artículo 29 del Decreto Ley N° 2879 de 1979, si no reuniere los requisitos para acogerse a jubilación.

    Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Alfredo Prieto Bafalluy, Ministro de Educación Pública.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Alvaro Arriagada Norambuena, Subsecretario de Educación, subrogante.

    CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION JURIDICA CURSA CON ALCANCE LOS DFL. N°s 39, 40, 41 Y 45 TODOS DE 1981, DEL MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
    Santiago, 31 de Diciembre de 1981.
    Núm. 42.332.- Esta Contraloría General ha dado curso a los decreto con fuerza de ley del epígrafe, que suprimen cargos de las plantas del personal de la Dirección de Educación Secundaria, de la Dirección de Educación Profesional y de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Educación Pública, porque han sido dictados en conformidad a la facultad delegada al Presidente de la República por el artículo 35 del DL. 3.551, de 1980, en el entendido de que "la fecha de notificación de la total tramitación" de estos documentos que se menciona en sus textos, corresponde a la data de publicación en el Diario Oficial de estos decretos con fuerza de ley.
    Con el alcance que antecede, esta Entidad Fiscalizadora ha tomado razón de los documentos de la suma.
    Dios guarde a US.- Miguel Solar Mandiola, Contralor General, subrogante.
    Al Señor Ministro de Educación Pública Presente.