Núm. 46.- Santiago, 16 de Mayo de 1931.- Vistas las facultades que me confiere la Ley N.o 4,945, de 6 de Febrero último,
    Decreto:

    Agrégase a la Ley N.o 4,885, de 6 de Septiembre de
1930, el siguiente artículo transitorio, que llevará
Núm. 2:
    "La Universidad de Concepción deducirá de los fondos
que le corresponden, de acuerdo con la letra b) del
artículo 3.° de la presente ley, la suma necesaria para completar a la Cruz Roja Chilena una cuota de $ 1.200.000 durante el año 1931 y de $ 1.000.000 durante los años 1932 y 1933".

    Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de las Leyes y Decretos del Gobierno.- C. IBAÑEZ C.- Alberto Edwards.- Carlos Castro Ruiz.