1.- Auméntase en 1 cargo la planta de personal de la Municipalidad de Ñuñoa en el escalafón y grado que se indica:
Escalafón Grado N° Cargos
Profesionales 9° 1
2.- Trasládase el siguiente personal del Instituto de Normalización Previsional, que se encontraba desempeñando funciones para la Municipalidad de Ñuñoa, para ocupar el cargo creado en el N° anterior:
EX CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES
Nombre (Nivel) Grado Calidad Jurídica
ESCALAFON: ARQUITECTO
Barrera Araneda
Carolina III 14° Contrata
3.- Redúcese la dotación máxima de Personal del Instituto de Normalización Previsional en 1 cargo e increméntese en igual número la de la Municipalidad de Ñuñoa.
4.- El Personal trasladado conservará el Régimen Previsional y de Desahucio, cuando corresponda, a que estuviere efecto, sin perjuicio de las normas establecidas en el Decreto N° 3.500, de 1980. Los funcionarios que sean traspasados en virtud de este decreto con Fuerza de Ley, mantendrán el monto de sus remuneraciones y las diferencias que pudieren producirse serán pagadas mediante planilla suplementaria de cargo del Organismo al cual sean traspasados, la que será imponible en la forma y condiciones que lo sean sus remuneraciones en la entidad previsional de la cual provengan y registrable en el mismo porcentaje que lo sean los sueldos y se absorberán a medida de los ascensos del funcionario respectivo.
5.- Modifícase el Presupuesto vigente del Instituto de Normalización Previsional (Partida 15, Capítulo 08, Programa 01), en los siguientes términos:
Miles de $
Subt.Item.Asig. Incrementos reducciones
21 Gastos en Personal 2.135
25 Transferencias
Corrientes 2.135
33 Transferencias a otras
Entidades Públicas 2.135
Créase
031 Municipalidad de Ñuñoa 2.135
6.- Este Decreto con Fuerza de Ley, comenzará a regira partir desde el 28 de Agosto de 1989.