CREA CARGOS EN LA PLANTA DE PERSONAL DEL FONDO NACIONAL DE SALUD
Santiago, 21 de Septiembre de 1990.- Hoy se decretó lo que sigue:
D.F.L. Núm. 50.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de las leyes N° 18.575 y N° 18.972; en los artículos 5° y 7° letra b) de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en los decretos con fuerza de Ley N° 5, de 1980 y N° 4 de 1990, ambos del Ministerio de Salud; en el artículo 56 de la Ley N° 18.827; en el decreto ley N° 2.763 de 1979, y
Considerando:
- Que por oficio de fecha 4 de abril de 1990, el Director del Fondo Nacional de Salud solicitó a D. Gonzalo Claudio Arriagada Lillo, la renuncia no voluntaria al cargo que ocupaba en ese Organismo en calidad de titular, de Jefe de Departamento, grado 5° E.U.S. a contar del 6 de abril de 1990. - Que por oficio de 4 de abril de 1990, esa misma autoridad solicito a D. Marcos Mauricio Puebla Aguirre, la renuncia no voluntaria al cargo que ocupaba en dicho establecimiento, en calidad de titular, de jefe de Departamento, grado 5° E.U.S. a contar del 6 de abril de 1990.
- Que los funcionarios individualizados precedentemente presentaron las renuncias no voluntarias a sus empleos a contar desde las fechas señaladas, haciendo presente su opción de continuar desempeñándose en un cargo del mismo grado del que ocupaban, en extinción.
- Que por resoluciones N° 66 y 68 de 1990, el Director del Fondo Nacional de Salud aceptó las renuncias presentadas por los citados funcionarios, y teniendo presente: las facultades que me confieren los artículos 61 y 62 N° 2 de la Constitución Pólitica del Estado, dicto el siguiente
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- Créanse, a contar de la fecha que se indica, en la Planta de Directivos del Fondo Nacional de Salud, fijada por el decreto con fuerza de ley N° 5, de 1980, del Ministerio de Salud, sustituida por el artículo 56 de la Ley N° 18.827 y adecuada por el decreto con fuerza de ley N° 4 de 1990, de esa misma Secretaría de Estado, los siguientes cargos a los cuales accedieron, por el solo ministerio de la Ley, los funcionarios que respectivamente se individualizan:
PLANTA DE DIRECTIVOS
____________________
DOTACION ADICIONAL
CARGOS EN EXTINCION
___________________________________________________
N° Grado Fecha
Cargos Denominación E.U.S. Creación Nombre Titular
______________________________________________________
2 Directivos 5° 6/4/90 - Gonzalo Claudio
Arriagada Lillo.
- Marcos Mauricio
Puebla Aguirre.
Artículo 2°.- Los cargos antes señalados constituirán dotación adicional y se extinguirán de pleno derecho cuando cese en sus funciones por cualquier causa el respectivo titular.
Artículo 3°.- El mayor gasto que represente la aplicación de este decreto con fuerza de ley, se imputará al subtítulo 21 del Presupuesto del Fondo Nacional de Salud.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Jorge Jiménez de la Jara, Ministro de Salud.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Dr. Patricio Silva Rojas, Subsecretario de Salud.