Artículo 1°- Reestructúranse y fusiónanse la Secretaría Ejecutiva para los Asuntos de la ALALC, creada por el decreto con fuerza de ley N° 451/2, de 1963; el cargo de Director General Económico del Ministerio de Relaciones Exteriores creado por la ley N° 16.592, de Diciembre de 1966; y el Instituto de Promoción de Exportaciones de Chile (PROCHILE), creado por el decreto ley N° 740, de 1974, de conformidad a lo dispuesto en el presente decreto con fuerza de ley.
El organismo que resulte de la reestructuración y fusión señaladas en el inciso anterior, se denominará Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, en adelante "la Dirección General".