Artículo 12°- Corresponderá en general al Departamento Administrativo:
    a) Cumplir la política de administración general;
    b) Apoyar al Director General en la formulación, tramitación y ejecución del presupuesto de la Dirección General;
    c) Efectuar las adquisiciones de los bienes y suministros que el Servicio requiere para el cumplimiento de sus funciones;
    d) Desempeñar la función de administración del personal;
    e) Confeccionar y controlar el inventario de bienes del Servicio;
    f) Organizar y llevar los registros de ingreso, distribución y despacho de la documentación del Servicio;
    g) Llevar los archivos generales del Servicio;
    h) Cumplir con las demás funciones que le delegue el Director General.
    i) Absolver las consultas que le formulen las distintas Direcciones y Departamentos.
    El Departamento Administrativo dependerá del Director General.