FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE TOCOPILLA
D.F.L. N° 53.- Santiago, 4 de Agosto de 1981.- Vistos: lo dispuesto en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado y la facultad que me confiere el artículo 27° del DL. N° 3551, de 1981, y Teniendo presente: La proposición del Alcalde de la Municipalidad de Tocopilla,
vengo en dictar el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- Fíjese a contar del 1° de Enero de 1981, la siguiente Planta de Personal para la Municipalidad de Tocopilla:
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Escalafón Cargo Grado N° Cargos
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Alcalde Alcalde 5° 1
Directivos Juez de Policía 6° 1
Local
Secretario 7° 1
Municipal
Directivos I 8° 1
Directivos II 9° 1
Directivos III 10° 3
Profesionales Profesional Ley N° 11 Hrs./s.
15.076
Especializados Especializado I 12° 1
Administrativos Administrativos I 12° 3
Administrativos II 14° 3
Administrativos III 15° 2
Administrativos IV 16° 2
Mayordomos Mayordomos I 14° 1
Auxiliares Auxiliares I 16° 19
Auxiliares II 17° 20
Auxiliares III 18° 30
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89
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Artículo 2°.- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de Tocopilla será de 89 cargos y 11 horas semanales ley N° 15.076.
Tómese razón, regístrese, comumíquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.