TRASPASA PERSONAL DEL INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL AL FONDO NACIONAL DE SALUD
Santiago, 18 de abril de 1989.- Hoy se decretó lo siguiente:
D.F.L. N° 59.- Vistos: Lo dispuesto en el Art. 6° transitorio, en relación con los incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo del Art. 5° de la Ley N° 18.689, Art.
99° de la Ley N° 18.768 y Ley N° 18.764.
Decreto:
1.- Auméntase en 16 cargos la planta de personal del Fondo Nacional de Salud, en los escalafones y grados que se indican:
Escalafón (nivel) Grado N° Cargos
Profesionales y
Técnicos 20° 1
Jefatura "A" I 9° 1
Jefatura "B" II 13° 1
Oficiales
Administrativos I 20° 1
II 22° 1
II 24° 1
II 25° 10
2. Trasládase el siguiente personal del Instituto de Normalización Previsional, que se encontraba desempeñando funciones para el Fondo Nacional de Salud, para ocupar los cargos creados en el N° anterior:
EX CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES
_______________________________________________________
Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica
-------------------------------------------------------
ESCALAFON: JEFATURA "A"
Sánchez Ganz
Américo I 9° Planta
_______________________________________________________
Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica
-------------------------------------------------------
ESCALAFON: TECNICOS UNIVERSITARIOS
Tapia Contreras
María Lidia III 20° Contrata
_______________________________________________________
Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica
-------------------------------------------------------
ESCALAFON: OFICIALES ADMINISTRATIVOS
Alvarez Vega
Nelda del Carmen IV 25° Contrata
Céspedes Tapia
Purísima IV 25° Contrata
Cortés Yao
Mario Enrique III 22° Contrata
Núñez Díaz
Aurelio Antonio IV 25° Contrata
EX SERVICIO SEGURO SOCIAL
_______________________________________________________
Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica
-------------------------------------------------------
ESCALAFON: JEFATURA "B"
Osorio Núñez
Pedro Alejandro II 13° Planta
_______________________________________________________
Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica
-------------------------------------------------------
ESCALAFON: OFICIALES ADMINISTRATIVOS
Albornoz Chávez
Sonia del Pilar III 24° Contrata
Carvajal Cortés
Rosa Elvira IV 25° Contrata
Cortez Arancibia
Segundo IV 25° Contrata
Decap Hermosilla
Humberto L. IV 25° Contrata
Gutiérrez Márquez
Blanca III 20° Contrata
Ilufi Jara
Rudys Faustina IV 25° Contrata
Muñoz Canales
Jenny M. IV 25° Contrata
Muñoz Villalobos
Elia N. IV 25° Contrata
Véliz Santana
Nancy M. IV 25° Contrata
3. Los funcionarios antes señalados, ocuparán los cargos y grados que se indican, creados en el Punto N° 1, en Fondo Nacional de Salud:
Nombre Escalafón Nivel Grado
Sánchez Ganz,
Américo Jefatura A I 9°
Tapia Contreras,
María Lidia Profesional y
Técnicos 20°
Alvarez Vega,
Nelda del C. Oficial
Administrativos II 25°
Céspedes Tapia,
Purísima Oficial
Administrativos II 25°
Núñez Díaz,
Aurelio Oficial
Administrativos II 25°
Cortéz Yao,
Marío Oficial
Administrativos II 22°
Osorio Ñúñez,
Pedro Jefatura B II 13°
Albornoz Chávez,
Sonia Oficial
Administrativos II 24°
Carvajal Cortés,
Rosa Oficial
Administrativo II 25°
Cortés Arancibia,
Segundo Oficial
Administrativos II 25°
Decap Hermosilla,
Humberto Oficial
Administrativos II 25°
Gutiérrez Márquez,
Blanca Oficial
Administrativos I 20°
Ilufi Jara,
Rudys Oficial
Administrativos II 25°
Muñoz Canales,
Jenny Oficial
Administrativos II 25°
Muñoz Villalobos,
Elia Oficial
Administrativos II 25°
Véliz Santana,
Nancy Oficial
Administrativos II 25°
4. Redúcese la dotación máxima de personal del Instituo de Normalización Previsional en 16 cargos e increméntese en igual número la del Fondo Nacional de Salud.
5. El Personal trasladado conservará el régimen previsional y de desahucio, cuando corresponda, a que estuviere afecto, sin perjuicio de las normas establecidas en el Decreto N° 3.500, de 1980. Los funcionarios que sean traspasados en virtud de este Decreto con fuerza de Ley, mantendrán el monto de sus remuneraciones y las diferencias que pudieren producirse serán pagadas mediante planilla suplementaria de cargo del Organismo al cual sean traspasados, la que será imponible en la forma y condiciones que lo sean sus remuneraciones en la entidad previsional de la cual provengan y reajustable en el mismo porcentaje que lo sean los sueldos y se absorberán a medida de los ascensos del funcionario respectivo.
6. Modifícase en los términos que a continuación se indican, los presupuestos de los Servicios Públicos que se señalan:
INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL
(partida 15, Capítulo 08, programa 01
Miles de $
Subt. Item. Asig. Incrementos Reducciones
21 Gastos en
Personal 6.962
25 Transferencias
Corrientes 6.962
32 Transferencias a
Organismos del
Sector Público 6.962
011 Fondo Nacional
de Salud 6.962
FONDO NACIONAL DE SALUD
(Partida 16, Capítulo 02, Programa 01)
Miles de $
Subt. Item. Asig. Incrementos Reducciones
06 Transferencias 6.962
62 De Otros
Organismos del Sector
Público 6.962
001 Instituto de
Normalizacion
Previsional 6.962
21 Gastos en Personal 6.962
7. Este Decreto con fuerza de ley, comenzará a regir contar desde el 28 de Agosto de 1989.-
Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en la recopilación que corresponda de la Contraloría General de la República.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Guillermo Arthur Errázuriz, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Enrique Seguel Morel, Brigadier General, Ministro de Hacienda.- Juan giaconi gaudolfo, ministro de Salud.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Santiago Plant Klapp, Subsecretario de Previsión Social.