Artículo 20.o Deróganse los artículos números 13.o, 14.o, 15.o, 16.o 17.o y 18.o de la ley N.o 11,824, "Texto Refundido de las Leyes de Sueldos del Personal de la Defensa Nacional" y cualquier otra disposición que sea contraria al presente decreto con fuerza de ley.