SUPRIME CARGO DE LA SECRETARIA Y ADMINISTRACION GENERAL
    D.F.L. N° 63.- Santiago, 30 de Noviembre de 1981.- Vistos: La facultad que me confiere el artículo 35°del decreto ley N° 3.551-80,
    vengo en dictar el siguiente, Decreto con fuerza de ley:

    1°.- Suprímese de la Planta dependiente de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Educación Pública, a contar del primer día del mes siguiente a la fecha de notificación de la total tramitación del presente Decreto con Fuerza de Ley, los cargos que a continuación se indica, servido por el funcionario que se señala y destacados en el Departamento Jurídico.
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Nombre                Cargo      Nivel    Grado
                                            E.U.S.
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PEDRO JOSE PARRA DE    Oficial    II        23°
ROUT, RUT N°
6759814-8,            Administ.
destacado en el
Dep. Jurídico.

ALVARO ENRIQUE
MARTINEZ VARGAS,      Procurador  I          19°
RUT. 7432283-2,
destacado en el
Dep. Jurídico.
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    2° Las personas cuyos cargos se suprimen de acuerdo con el punto 1° del presente Decreto, tendrán derecho a gozar de la indemnización a que se refiere la letra e) del Artículo 29° del Decreto Ley N° 2879 de 1979, si no reuniere los requisitos para acogerse a jubilación.

    Anótese, tómese razón , regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Alfredo Prieto Bafalluy, Ministro de Educación Pública.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Alvaro Arriagada Norambuena, Subsecretario de Educación subrogante.

    CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica Cursa con alcance DFL N° 63, de 1981, del Ministerio de Educación Pública
    Núm. 2270 Santiago, 20 Enero 1982.
    Esta Contraloría General ha dado curso al decreto con fuerza de ley del epígrafe, que suprime cargos de la Planta del personal de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Educación Pública, porque ha sido dictado en conformidad a la facultad delegada al Presidente de la República por el artículo 35 DL. 3.551, de 1980, en el entendido de que la "fecha de notificación de la total tramitación" de este documento que se menciona en su texto corresponde a la data de publicación en el Diario Oficial de este Decreto con fuerza de ley.
    Con el alcance que antecede, esta Entidad Fiscalizadora ha tomado razón del documento de la suma.
    Transcríbase a la División de Toma de Razón y Registro. Dios guarde a US., Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General.