MODIFICA DECRETOS CON FUERZA DE LEY QUE SE INDICAN SOBRE ADECUACION DE PLANTAS
    Santiago, 23 de Marzo de 1990.- Hoy se decretó lo que sigue:
    D:F.L. Núm. 63-18.834.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 1° transitorio y el artículo 7° de la Ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo, dicto el siguiente:
    Decreto con fuerza de ley
    Artículo 1°.- Modifícanse los decretos con fuerza de ley N° 4-18.834, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Pesca, de 1990, y N° 1, del Ministerio de Justicia, de 1990, en el sentido que los requisitos establecidos en ellos para el ingreso y promoción en las respectivas plantas de directivos, no son aplicables a los cargos de exclusiva confianza.
    Artículo 2°.- Modifícanse el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1990, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo, sustituyéndose en la planta adecuada de Directivo la denominación del cargo de "Jefe de Sección 7°" por la de "Jefe de Departamento 7°".

    Tómese razón, anótese, comuníquese, publíquese y regístrese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.- Carlos Ominami Pascual, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.- Martita Worner Tapia, Ministro de Justicia subrogante.- René Cortazar Sanz, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.